Condenado un hombre a 14 años y 3 meses de prisión por abusar sexualmente y agredir a su pareja en Gijón

  • La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a un hombre, Daniel M.S., a la pena de 14 años y 3 meses de prisión por abusar sexualmente y agredir a su pareja y madre de su hijo, durante dos años en el domicilio de ambos en Gijón.

El procesado ha sido condenado por los delitos de agresión sexual, maltrato habitual, amenazas, violencia de género y vejaciones injustas. El juicio se celebró el 11 de septiembre.

La Audiencia considera probado que el procesado mantenía una relación como pareja con la denunciante desde aproximadamente dos años, conviviendo con ella en Gijón, teniendo un hijo en común. Desde el año 2013, el procesado estableció un clima de violencia en las relaciones con ella, con agresiones verbales, cogiendo en diversas ocasiones el procesado a la víctima por el cuello y zarandeándola.

Este clima de violencia se acentuó especialmente tras quedar la mujer embarazada, aumentando el control que el procesado ejercía sobre ella, cogiendo las llaves de la puerta de entrada al domicilio, cerrando la puerta e impidiendo que ésta pudiera salir, quitándole también el teléfono móvil para que no pudiera hacer ninguna llamada.

Entre el mes de enero y junio del año 2015 en ese ámbito de violencia y control que el procesado ejerció sobre la denunciante la obligó con empleo de fuerza y contra su voluntad en diversas ocasiones a mantener relaciones sexuales. En muchas de estas ocasiones tras consumar el acto sexual el procesado obligaba a su pareja a permanecer desnuda en la cama hasta que él la autorizaba a vestirse.

Toda esta situación provocó que la mujer en septiembre del año 2015 acudiera al servicio de Salud Mental del Hospital de Cabueñes, y ya en esa exploración se apreció que sufría ánimo depresivo, pesadillas, insomnio y recuerdos intrusivos de escenas violentas, compatibles con clínica de estrés postraumático.

Tras esta consulta fue derivada a psicoterapia grupal de violencia de género donde permaneció hasta marzo del año 2016. La víctima presentaba como secuelas, victimización de violencia física, psicológica y sexual, siendo compatibles esos síntomas con diagnóstico de trastorno de estrés postraumático.

Por auto de 21 de agosto del año 2015 del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer número 1 de Gijón se prohibió al procesado aproximarse a menos de trescientos metros de la mujer y de su hijo, de su lugar de trabajo, o de cualquier otro frecuentado por ellos así como comunicarse con ellos mientras dure la instrucción de la causa o se dicte otra resolución de signo diferente.

En concepto de responsabilidad civil el procesado deberá indemnizar a la víctima en la cantidad de 20.000 euros por el trastorno crónico de estrés postraumático.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento