¿Qué hacer si encuentras dinero en la calle o recibes un ingreso bancario que no te corresponde?

  • Si encuentras dinero en la calle y transcurren dos años sin que el dueño aparezca, puedes quedartelo.
  • Estás obligado a devolver un ingreso indebido siempre que la cuantía de lo recibido supere los 400 euros.
Objetos perdidos en Málaga.
Objetos perdidos en Málaga.
EUROPA PRESS
Objetos perdidos en Málaga.

¿Cuántas veces nos hemos encontrado un billete o una moneda en el suelo del metro, calle o autobús? Por las oficinas de objetos perdidos de cada lugar pasan relojes, móviles, carteras, joyas y otras cosas de valor, lo que implica que existen ciudadanos honrados.

Pero no siempre ocurre. En febrero de 20176 se conoció la detención de una mujer de 69 años que, tras haber encontrado una funda con 900 euros en el suelo junto a un cajero, no los devolvió hasta que la policía la identificó por las cámaras y se presentó en su casa.

Si por cualquier motivo resulta complicado acudir a una oficina de objetos perdidos, se puede entregar a un agente de policía. Puesto que todas las personas se encuentran en la obligación de entregar cualquier objeto o dinero extraviado, el artículo 253 del Código Penal sanciona no hacerlo. Expone literalmente: "Serán castigados con la pena de multa de tres a seis meses los que, con ánimo de lucro, se apropiaren de cosa perdida o de dueño desconocido... ".

Asimismo, si sucede por un error bancario o recibimos una transferencia de algún depositante en nuestra cuenta corriente, estamos obligados a devolverla siempre que la cuantía de lo recibido supere los 400 euros.

Si transcurren dos años puedes quedartelo

El Código Penal es el encargado de castigar este delito, pero la obligación parte ya del artículo 615 del Código Civil que cita: "El que encontrare una cosa mueble, que no sea tesoro, debe restituirla a su anterior poseedor. Si éste no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo."

Teniendo clara esta obligación, el ayuntamiento tiene en sus dependencias los objetos, para que sus legítimos dueños puedan pasar a recogerlas. Todo ello haciéndose constar la persona que entrego las pertenencias (cualquier cosa que no sea inmueble) así como la fecha y hora de la entrega, el lugar donde se encontró y demás datos precisos, y teniendo copia conforme de que se ha realizado el depósito.

En el caso de que aparezca el propietario, la persona que encontró el objeto o el dinero tiene derecho a recibir como recompensa un 10% de su valor, aunque si se trata de un objeto que vale más de 12 euros la recompensa será del 5%.

Sin embargo, cuando sucede lo contrario, es decir, que el dueño no aparezca y transcurre dos años desde que el municipio ha publicado el objeto hallado, se entrega a la persona que lo encontró.

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