Así consta en el escrito de comparecencia ante un trámite judicial celebrado en febrero, en una causa por amenazas, en el que la acusación particular que representó a la madre de las víctimas se adhirió a la solicitud del ministerio fiscal y añadió que se incluyera la prohibición de comunicación del denunciado con ella por cualquier medio.
La defensa, por su parte, se opuso a lo alegado y pedía que se limitara esa distancia de alejamiento al menos en la calle Río Adra, dada la cercanía de domicilio de ambos progenitores y el "propio beneficio de las menores" ya que las medidas provisionales en el convenio incluían una entrega económica para las niñas y su cliente había encontrado trabajo una semana antes y no podía dejar la vivienda. El investigado intervino para pedir "justicia y objetividad".
El mismo día, según la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado dictó un auto en el que acordaba denegar la orden de protección solicitada ante las "versiones contradictorias" de lo sucedido entre las partes y porque el juzgado de guardia que valoró con anterioridad los hechos no apreció "la concurrencia de la situación objetiva de riesgo" que exige la ley.
En esta línea, este Juzgado de Violencia sobre la Mujer no estimó necesaria la adopción de medidas de protección para la madre "siendo desproporcionada, en sentido estricto, la imposición al investigado de medidas que restrinjan sus derechos".
Este órgano judicial alcanzó esta decisión por la carencia de antecedentes penales del investigado y por la "propia conducta mantenida por la denunciante, quien ni ha dado una explicación razonable al miedo que dice sentir cuando existe una importante distancia espacial entre las primeras expresiones que imputa a su marido, en julio de 2017 hasta la actualidad, ni dicho miedo es compatible con sus propios actos, ya que parece ser que, tras salir voluntariamente del domicilio familiar, donde se ha quedado el marido, ha fijado su residencia en la misma calle donde vive él". Además, valoraba que las Fuerzas de Seguridad valoraron un riesgo "bajo" para la mujer.
El fiscal jefe de la Fiscalía de Castellón, José Luis Cuesta, ha mostrado su "malestar" ante la información que considera "incorrecta" que sobre este caso ha facilitado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que ha asegurado que sobre este episodio de amenazas, el fiscal no consideró necesaria la adopción de medida cautelar y se opuso a la concesión del alejamiento en el juzgado de guardia primero, y después, en el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer cuando se le volvió a denegar esa protección "de conformidad" con su criterio, según el TSJCV.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios