Tribunales.- El TSJA confirma una condena al Ayuntamiento de Santiponce por "vulneración" de derechos del PA

  • SEVILLA, 19 (EUROPA PRESS)
Alcaldesa de Santiponce, Carolina Casanova
Alcaldesa de Santiponce, Carolina Casanova
AYUNTAMIENTO DE SANTIPONCE - Archivo
Alcaldesa de Santiponce, Carolina Casanova

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación promovido por el Ayuntamiento de Santiponce (Sevilla), gobernado por la socialista Carolina Casanova, contra una sentencia que declara que el mismo ha "vulnerado" los derechos fundamentales del Grupo del PA al tramitar una petición del mismo para acceder al libro de facturas para consultar la documentación correspondiente a un periodo concreto, pero poner a su disposición sólo "un listado de facturas" sin "sello ni firma", ni certificación respecto a que dicho listado fuese "reflejo fiel del libro" pedido.

En una sentencia emitida por el TSJA el pasado 6 de septiembre y recogida por Europa Press, el TSJA aborda el litigio promovido por el portavoz del PA en el Ayuntamiento poncino, Justo Delgado, contra la "inactividad" del Gobierno local socialista respecto a una petición de su grupo para tener acceso al libro municipal de registro de facturas, pues los andalucistas deseaban consultar la documentación correspondiente al periodo comprendido entre septiembre de 2016 y marzo de 2017.

Dicha inactividad, según la demanda promovida por los andalucistas, implicaba una "palmaria violación" del derecho fundamental que asiste a los concejales de la oposición para contar con la "información necesaria para el desempeño de sus cargos", un derecho reconocido por la propia Constitución Española.

Y mientras el Ayuntamiento de Santiponce defendía que la petición de información del Grupo andalucista, otrora socio de gobierno del PSOE en este consistorio, había sido debidamente "satisfecha" en su momento, el asunto derivó en una sentencia inicial dictada el pasado 17 de mayo por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis de Sevilla.

El juzgado, en ese sentido, exponía en su sentencia que después de que el PA solicitase acceder al libro de registro de facturas de proveedores para comprobar la documentación correspondiente al periodo comprendido entre septiembre de 2016 y marzo de 2017, tal petición fue "estimada" mediante una resolución de Alcaldía, "en la que se reconoce expresamente" el derecho del PA a contar con tal documentación.

SÓLO "UN LISTADO DE FACTURAS"

Pero siempre según la sentencia del juzgado, "no consta que pese a que se le reconoció (al PA) el acceso al citado libro, se haya puesto de forma efectiva a su disposición" la documentación solicitada, pues "resulta que lo que se puso a disposición del PA fue un listado de facturas que no consta por quien ha sido elaborado, ni si se corresponde fielmente con el libro de facturas, que era lo solicitado".

"La administración demandada no rechaza la petición por la

inexistencia de tal libro registro de facturas, antes al contrario, reconoce el derecho de acceso al citado libro, acceso que sin embargo no ha tenido lugar, ya que simplemente se ha puesto a disposición un listado de facturas que se desconoce por quién ha sido elaborado, sin constar sello ni firma, ni se haya certificado que el listado sea reflejo fiel del libro", resumía la sentencia del juzgado, declarando

que el Ayuntamiento poncino había incurrido en una "vulneración" de los derechos fundamentales del Grupo andalucista y ordenando "facilitar" a dicha formación el acceso al libro de registro de facturas.

Frente a dicha sentencia inicial, el Ayuntamiento de Santiponce interpuso un recurso de apelación ante el TSJA, que ha desestimado dicho recurso y confirmado la resolución del juzgado, porque no se puede entender que la solicitud de información del PA fuese "atendida", al no constar "la exhibición del libro de facturas, que es lo solicitado", "sin que el listado que aparece en el expediente administrativo pueda hacer concluir de modo diferente a la sentencia inicial, pues "nada se indica sobre cómo y por quién se ha confeccionado ese listado, que no libro de registro, y si reproduce por completo el mencionado libro".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento