Podrán resultar beneficiarios de las ayudas establecidas municipios y entidades locales menores que posean escuelas municipales de equitación, centros deportivos ecuestres y centros de enseñanza privados en los que se oferten clases de equitación, equitación adaptada o intervención asistida con caballos, empresas de turismo ecuestre y otras personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias equinas, cuya clasificación cumpla la definición de explotación de producción y reproducción.
Las entidades y personas beneficiarias deberán poseer, en el momento de la presentación de la solicitud, el pleno dominio y/o la disponibilidad de los terrenos y/o instalaciones en los que vaya a realizarse las actuaciones subvencionables, informa en nota de prensa la Junta de Extremadura.
Serán objeto de ayuda las inversiones en la instalación, construcción y reparación de cuadras, cercados, refugios, caminadores y potros de contención, destinados al alojamiento y manejos de animales y también las instalaciones para la práctica de la equitación como las pistas de entrenamiento cubiertas/descubiertas, duchas para los animales, guadarnés y vestuarios.
Asimismo, estas ayudas serán para honorarios del personal técnico derivados de redacciones de proyectos o memorias técnicas necesarios para la construcción de las inversiones subvencionables y otras mejoras e instalaciones complementarias necesarias para la viabilidad del centro ecuestre.
Se trata de inversiones que mejoren la oferta de servicios en la prácticas o deportes ecuestres, intervención asistida con caballos, turismo ecuestre o actividades de producción o reproducción.
El procedimiento de solicitud y plazos se iniciará de oficio mediante convocatoria pública por orden de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura.
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