Un Real Decreto regulará y controlará la pesca de recreo en aguas españolas

  • Se creará un registro nacional de embarcaciones.
  • También regula la pesca con caña desde el litoral y la pesca submarina.
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El secretario general de Pesca Marítima conversa con el presidente de la Confederación Española de Pesca Marítima de Recreo Responsable.
El secretario general de Pesca Marítima conversa con el presidente de la Confederación Española de Pesca Marítima de Recreo Responsable.
MONTSERRAT T. DIEZ/EFE
El secretario general de Pesca Marítima conversa con el presidente de la Confederación Española de Pesca Marítima de Recreo Responsable.
El secretario general de Pesca Marítima, Juan Carlos Martín Fragueiro, ha presentado hoy en Palma el proyecto de Real Decreto del Ministerio de Agricultura y Pesca para regular la
pesca de recreo, que crea un registro nacional de embarcaciones, que afectará a
125.000 barcos sólo en el Mediterráneo y Canarias.

Martín Fragueiro ha destacado que la norma modifica y amplia la regulación de un sector que ha crecido "notablemente" en los últimos años hasta convertirse en "una de las principales actividades de ocio" y que incide sobre los recursos pesqueros.

El objetivo del Real Decreto es "avalar una pesca responsable y sostenible" que proteja los recursos pesqueros existentes, según ha resumido el secretario de Pesca Marítima. El Ministerio de Agricultura y Pesca ha encargado un estudio previo del impacto del decreto que ha determinado la existencia de entre 80.000 y 85.000 embarcaciones de recreo en el caladero Mediterráneo, el de mayor relevancia, y de 40.000 en Canarias.

Cuatro zonas de gestión

El Real Decreto entrará en vigor en un plazo de "dos a tres meses", según el secretario de Pesca, y entre las principales novedades establece la inscripción en el registro de embarcaciones de pesca marítima de recreo "como requisito indispensable para el ejercicio de esta actividad".

El registro nacional distinguirá cuatro zonas de gestión diferenciadas, Mediterráneo, Canarias, Cantábrico y Noroeste y Golfo de Cádiz, que establecerán posteriormente en cada caso, mediante orden ministerial "el límite máximo de capturas por embarcación y el tipo de artes de pesca autorizadas", según ha explicado Martín Fragueiro.

El Real Decreto también establecerá un control preciso de las capturas, con obligación por parte de los pescadores recreativos de realizar una declaración mensual, incluso en el caso de que se haya producido "una pesca cero", según ha puntualizado el secretario de Pesca Marítima.

El Real Decreto regula también la pesca con caña desde litoral y los instrumentos de captura y prohibiciones relativas a la pesca submarina. La norma no modifica el sistema de sanciones vigente desde 2001 y que penaliza acciones como la captura de especies no autorizadas o de protección diferenciada o la pesca de especímenes que no superen la talla mínima.

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