La Audiencia de Navarra mantiene la libertad provisional de los miembros de La Manada

Manifestación contra la puesta en libertad provisional de 'La Manada'.
Manifestación contra la puesta en libertad provisional de 'La Manada'.
EUROPA PRESS
Manifestación contra la puesta en libertad provisional de 'La Manada'.

El auto dictado el pasado 16 de julio por la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra y al que ha tenido acceso 20minutos.es, desestima los recursos de súplica presentados por el Ministerio fiscal, por la denunciante, por la Comunidad de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona y mantiene la libertad provisional con fianza para los cinco condenados en el caso de La Manada.

La Sala indica en esta resolución que la decisión conocida el auto del 21 de junio y que establecía la excarcelación bajo fianza de 6.000 euros con la limitación, entre otras, de no entrar en la Comunidad de Madrid, es "firme" y contra ella no cabe recurso alguno. No obstante, el Gobierno de Navarra ya ha mostrado su discrepancia respecto a ese rechazo a los recursos y estudia la posibilidad de presentar uno.

La resolución, que recuerda en repetidas ocasiones que los condenados llevan en prisión provisional casi dos años, cuenta con el voto particular en contra de uno de los magistrados, José Francisco Cobo, que prorrogaría la prisión provisional hasta la mitad de la pena, 4 años y seis meses.

El juez alude a la protección de la víctima y considera que "la estabilidad domiciliaria de los procesados, la disponibilidad de medios para desarrollar su vida y la integración en su contexto familiar y convivencial" no garantizan que las medidas adoptadas resulten eficaces. El auto que ha motivado los recursos de amparo también contó con el voto discrepante del mismo magistrado.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra había convocado para esta resolución a cinco magistrados de lo social y civil en lugar de a tres "por la complicación jurídica del caso".

En cuanto a la situación del guardia civil Antonio Manuel Guerrero, que acudió a una oficina del DNI en Sevilla para intentar obtener el pasaporte, la Sala indica que será objeto de la debida resolución en un auto independiente.

"Siempre es posible que el condenado huya"

En el recurso de la Fiscalía se solicitaba la revocación del auto del 21 de junio y la prisión provisional de los cinco procesados, condenados a nueve años de cárcel, sosteniendo que el riesgo de fuga seguía vigente, igual que el de reiteración delictiva, citando a la otra causa penal seguida por un juzgado de Pozoblanco y que también involucra a los procesados y recordando que pesa sobre ellos "una pena grave derivada de la comisión de un delito grave".

También consideraba que "se ha primado el derecho de los procesados sobre la debida protección de la víctima", destacando que no cuenta "con ninguna medida específica de prohibición de acercamiento de los procesados" y que residir a más de 500 kilómetros es una distancia que se puede recorrer "en poco tiempo" con los medios de transporte existentes y hace referencia a la carta de Antonio Manuel Guerrero publicada en La tribuna de Cartagena, "quien se dirigía en un tono totalmente desafiante a la víctima sin que se haya tomado ninguna medida por parte de este Tribunal, pese a la prohibición".

La Audiencia de Navarra ha contestado, respecto al hecho planteado como recurso de que la limitación impuesta a los procesados de entrar en la Comunidad de Madrid suponía “una mayor limitación deambulatoria por el territorio nacional para la víctima que para los propios acusados”, que "viviendo la denunciante y los procesados en localidades tan distantes" y no existiendo relación entre ellos, "tal prohibición se estima plenamente razonable y suficiente" y que "no cabe retorcer el derecho hasta el punto de presentar una medida restrictiva de la libertad deambulatoria de los procesados como si también se impusiera a la denunciante".

Apuntan también a que" el riesgo de que se produzca un encuentro casual entre ellos es poco menos que inexistente, o si prefiere muy remoto" . No obstante, apuntan a que tanto el Ministerio Fiscal como la demandante podrán solicitar la adopción de otras medidas.

Por otra parte, en el auto de la Audiencia de Navarra reconocen, respecto al riesgo de fuga, exponen que "se nos exige que hagamos un pronóstico, un juicio sobre hechos inciertos e imposibles de predecir" y que "la única forma de no incurrir nunca en error a este respecto es afirmar que siempre es posible que el condenado huya de la acción de la justicia o incurra en acción delictiva".

La excarcelación de los cinco miembros de La Manada provocó un multitudinario rechazo en decenas de ciudades españolas que la ministra Margarita Robles asegurase que no compartía los argumentos jurídicos del auto de libertad y que el también ministro y juez Grande-Marlaska asegurase que "lo habitual es la prisión, igual algo se me escapa".

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