14 años de prisión para el acusado de agredir sexualmente a su nieta en Riells y Viabrea

  • La Audiencia de Girona le ha condenado por agresión continuada a la niña, que entonces tenía 9 años.
  • El acusado entraba a la habitación donde la nieta solía jugar aprovechando que estaba sola.
El acusado durante el juicio en la Audiencia de Girona.
El acusado durante el juicio en la Audiencia de Girona.
ACN
El acusado durante el juicio en la Audiencia de Girona.

La Audiencia de Girona ha condenado a 14 años, 3 meses y 1 día de prisión el acusado de agredir sexualmente y de forma continuada a su nieta de 9 años durante los meses de julio y agosto del 2006 en Riells y Viabrea (Selva). La sentencia recoge que aquel verano el procesado iba a casa de su hijo a trabajar porque tenía instalado un taller de carpintería en los bajos de la casa. Esto, le permitía "deambular" y tener acceso a toda la vivienda "en cualquier momento del día".

Según concluye el tribunal, el acusado entraba a la habitación donde la nieta solía jugar aprovechando que estaba sola para convencerla para "jugar a un juego que le gustaría mucho" y agredirla sexualmente. La Audiencia también prohíbe al condenado acercarse a la nieta durante 10 años y la tendrá que indemnizar con 15.000 euros por los daños morales causados.

La sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Girona recoge diferentes episodios durante los cuales el acusado agredió sexualmente a su nieta, que entonces tenía 9 años, aprovechando que estaba trabajando con su hijo en un taller de carpintería instalado en Riells y Viabrea.

Según expone el tribunal, el hombre solía aprovechar cuando la pequeña jugaba sola en una habitación después de comer. "Diciéndole palabras como que jugarían a un juego que le gustaría mucho, le hacía tocamientos a los pechos y en la zona genital", describe la sentencia. Para evitar que la víctima lo explicara a sus padres, le amenazaba diciéndole que si lo hacía provocaría que se separaran.

Según la sentencia, a partir de este primer episodio, las agresiones sexuales se fueron repitiendo "en un número indeterminado de ocasiones". La forma de actuar del procesado siempre era la misma, después de comer subía a la habitación de juego de la segunda planta para abusar de ella. Primero, los tocamientos fueron por encima de la ropa pero, después, "lo hizo siempre por debajo y, al menos una vez, le introdujo los dedos en la vagina".

La sentencia también considera probado que una vez el procesado se bajó los pantalones y le dijo a su nieta "ahora me toca a mí que me hagas algo". Entonces, la sujetó para intentar forzarla a hacerle una felación. "Se negó pero, finalmente, el procesado rozó su pene contra la cara de la víctima", concluye el tribunal.

A un reformatorio

La Audiencia de Girona describe las amenazas que el procesado profería para evitar que lo descubrieran o que la niña lo denunciara. "Le decía de forma imperativa que no llamara cuando le hacía daño, que callara mientras le tapaba la boca, cuando la niña lloraba o cuando quería marcharse la sujetaba de la muñeca para que no pudiera". Además, siempre acababa las agresiones diciendo que era un "secreto" que no lo podía explicar a nadie o que sus padres no la creerían y la llevarían a un reformatorio.

"Las palabras tuvieron efecto teniendo en cuenta la ascendencia que tenía sobre la niña y el temor que le provocaba", describe la sentencia, que añade que esto provocó que la menor no denunciara los hechos a los Mossos d'Esquadra hasta el año 2013.

El tribunal expone que cuando los padres de la víctima se separaron, su padre fue a vivir con el abuelo y la menor se decidió a denunciar cuando, en cumplimiento del régimen de visitas, tenía que ir a casa del ahora condenado. Como consecuencia de las agresiones sexuales y del proceso de divorcio, la víctima sufrió un cuadro de estrés generalizado con sintomatología ansiosa depresiva.

En el juicio el acusado negó los hechos y atribuyó la denuncia a un intento de perjudicar su hijo a raíz de las desavenencias del divorcio. La sentencia descarta que haya cualquier "móvil de resentimiento o venganza" y otorga plena credibilidad a la víctima. "Su testigo ha sido claro, lógico, coherente, persistente y lineal a lo largo de todo el procedimiento", resuelve.

Por eso, la Audiencia de Girona condena el procesado como autor de un delito continuado de agresión sexual y le impone una pena de 14 años, 3 meses y 1 día de prisión. Además, le prohíbe acercarse o comunicarse con la nieta durante 10 años, a contar a partir del cumplimiento de la condena. En materia de responsabilidad civil, tendrá que indemnizar a la víctima con 15.000 euros por los daños morales causados.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento