Según ha indicado en una nota, el objetivo de este nombramiento es mejorar su situación frente a terceros en el reconocimiento de sus funciones, tal y como vienen reconocidas en el Convenio Colectivo y en el Real Decreto Legislativo 2/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
En este sentido, ha explicado que en el artículo 296 se especifica que la Policía Portuaria tendrá "la consideración de agente de la autoridad de la Administración portuaria en el ejercicio de las potestades públicas recogidas en la presente ley, sin perjuicio de la obligación de colaborar siempre que sea preciso con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".
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