El condenado había recurrido ante esta instancia judicial la sanción que le impuso la Delegación por una infracción del artículo 67.1 de la Ley del Deporte, en relación con el partido de fútbol celebrado en Pamplona el día 22 de marzo de 2006 entre Osasuna y Real Sociedad.
La ley afirma que queda prohibida la introducción y venta de toda clase de bebidas alcohólicas en las instalaciones en que se celebren competiciones deportivas.
Los hechos acontecieron en la tarde del 22 de marzo de 2006 cuando en el partido que enfrentaba a Osasuna y Real Sociedad un policía encontró al infractor con una botella que contenía una sustancia alcohólica que, según el aficionado, era ron.
La policía elaboró un informe en el que explicaba que el recurrente desprendía un fuerte olor a alcohol y en su deseo de seguir bebiendo manifestó que "le daba igual la denuncia", pero que le devolviesen la botella "porque era suya y no tenían derecho a retirársela".
El Juzgado desestima el recurso del aficionado y ratifica la multa de la Delegación.
CONSULTA AQUÍ MÁS NOTICIAS DE PAMPLONA
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios