El alcalde de Alcolea se mantendrá en su cargo tras abandonar IU y rechaza haber cometido "delito alguno"

  • El alcalde de Alcolea (Almería), Antonio Ocaña, ha manifestado que se mantendrá en su cargo como primer edil de la localidad "hasta que no haya una sentencia firme" que, en su caso, lo condene por los presuntos delitos de malversación y prevaricación tras haber sido acusado de recibir retribuciones con dinero público mediante facturación a una mercantil "interpuesta" en su etapa como concejal de Hacienda en la corporación local entre los años 2007 y 2011.
Ciudad de la Justicia de Almería
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Junta de Andalucía - Archivo
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"Me mantendré en mi cargo como alcalde de Alcolea, con el apoyo de mi equipo de gobierno, y como decidió la mayoría del pueblo en las elecciones de 2015", ha indicado Ocaña en un comunicado, en el que ha añadido que él no ha cometido "ningún delito" de los que se le acusa, por lo que ha solicitado "tiempo" para defender su "inocencia y honorabilidad" ante los tribunales.

Cabe recordar que el Ministerio Público interesa para alcalde las penas de diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, y tres años de prisión y otros diez de inhabilitación por cada uno de los delitos. Lo mismo interesa para el exprimer edil Fernando Utrilla, ya que, presuntamente, las retribuciones "mensuales" se hicieron "sin" que fueran sometidas a "procedimiento alguno y sin contar con la aprobación del pleno".

El regidor ha constatado que tras haber trascendido la investigación y la apertura de juicio oral en el esta causa, en la que la acusación particular también atribuye la supuesta comisión de un delito de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, ha solicitado su baja de militancia de IU "en cumplimiento del código ético del partido".

Ocaña ha incidido en que los hechos por los que será juzgado ocurrieron entre 2007 y 2011, siendo edil de Hacienda, por lo que "nada tiene que ver con la actual legislatura ni con mi etapa como alcalde". Según el escrito de la acusación particular, el procesado habría utilizado la mercantil 'Celemin Fomación SL' como "ente interpuesto" entre el Ayuntamiento y él para, así, "detraer de los fondos municipales importantes cantidades de dinero sin someterse a procedimiento ni control alguno".

No obstante, el alcalde ha apuntado que con anterioridad a su cargo como concejal "ya estaba contratado por la empresa Celemín como promotor cultural y deportivo, realizando mi trabajo en el municipio de Alcolea". "Por mi trabajo como promotor percibía una nómina que me abonaba mensualmente la empresa Celemín", ha defendido.

Con esto, ha asegurado que "nunca" ha recibido más remuneración "que la correspondiente a la labor que realizaba en la planificación, organización y desarrollo de todas las actividades culturales y deportivas realizadas en Alcolea, con una dedicación y entrega de la que puede testificar cualquier persona de este municipio".

Asimismo, ha asegurado que durante los años de contrato, "ni la corporación municipal incluida la oposición, ni la secretaría-intervención cuestionaron mi contratación ni la realización de mis tareas".

Igualmente, ha recalcado que "la acusación particular, ni en la oposición entre 2007 y 2011, ni en sus años de mandato entre 2011 y 2015, tomaron ninguna medida al respecto", sino que fue "a finales de mayo de 2015 tras la perspectiva de poder perder las elecciones municipales, cuando se decantaron por el ataque personal" porque no aceptaron "la derrota política", según ha interpretado.

RESPONSABLES DE LOS PAGOS

La acusación remarca que el edil obvió presuntamente la prohibición de contratar que existe para los miembros de las corporaciones locales con empresas para las que prestan servicios y se valió de que tanto él, en calidad de concejal de Hacienda, como Fernando Utrilla en su cargo de alcalde, "eran los ordenadores de los pagos y, por consiguiente, los máximos responsables de que los pagos se realizasen de forma ajustada a la ley".

La acusación particular sostiene, asimismo, que, desde 2007 hasta 2011, desde el Ayuntamiento de Alcolea "se pagaron diferentes facturas a 'Celemin Formación SL' con el objeto de abonar, mediante esta persona jurídica interpuesta, unas retribuciones mensuales al concejal de Hacienda y Tesorero".

Añade que, todo ello, se habría hecho "sin someterse a procedimiento alguno y sin contar con la aprobación del pleno municipal, que es el único órgano que puede aprobar la consignación presupuestaria de las retribuciones por dedicación parcial o total de los miembros corporativos".

La acusación particular señala, asimismo, que "todos estos pagos" a la mercantil se realizaron "sin las correspondientes adjudicaciones de los contratos, aprobación de gastos y pagos", por lo que, según remarca, "contravienen de manera grosera y palmaria la normativa administrativa".

Para la parte ha quedado "debidamente probado" que en las facturas "no existe descripción de los trabajos realizados, sino que aparece únicamente la justificación de que ese pago va destinado a abonar el trabajo que el concejal prestaba a la empresa como promotor deportivo y cultural".

"Junto a las facturas tampoco existen albaranes ni documento alguno en el que aparezca la diligencia o firma de conformidad de los trabajos realizados , por lo que no se han cumplido las obligaciones recogidas en la legislación aplicable", concluye.

Las defensas de Ocaña y Utrilla interpusieron contra el auto del titular del Juzgado de Instrucción 1 de Berja, Urko Liendo, recurso para pedir la nulidad de actuaciones, si bien esta fue rechazada en mayo.

El procedimiento se inició a raíz de la querella que interpuso el grupo municipal del PSOE, que interesa para Antonio Ocaña, al margen de las mismas penas que la Fiscalía por presunta prevaricación y malversación, dos años de cárcel y 24 meses de multa a razón de diez euros al día por un presunto delito de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos. A Fernando Utrilla le pide dos años de cárcel por supuesta malversación y diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación.

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