Las vistillas para dirimir si entran en prisión cuatro de los condenados de Alsasua serán hoy a las 16 horas

  • MADRID, 5 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional celebrará este martes a partir de las 16 horas unas vistillas para decidir si cuatro de los ocho condenados por la agresión a dos agentes de la Guardia Civil y sus parejas en Alsasua en octubre de 2016 deben ingresar inmediatamente en prisión, según han informado fuentes jurídicas a Europa Press.

Se trata de Julen Goicoechea, Iñaki Abad, Jon Ander Cob y Aratz Urrizola, que han sido detenidos esta mañana por agentes del Instituto Armado por orden de la Audiencia Nacional al considerar que existe riesgo de fuga dadas las elevadas penas a las que han sido condenados, que oscilan entre 9 y 13 años de prisión.

Desde este mismo momento, estas cuatro personas están siendo trasladadas hasta la sede de la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares (Madrid), donde se celebrará las vistillas de medidas cautelares contempladas en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Los cuatro tienen previsto recurrir la condena impuesta por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, para lo que disponen de un plazo de diez días, de acuerdo a la información facilitada a Europa Press por la defensa. Será la recientemente creada Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional quien dirima sobre el caso.

Julen Goicoechea, Aratz Urrizola y Jon Ander Cob fueron condenados el pasado viernes a 9 años de prisión, mientras que Iñaki Abad afronta una sentencia de 13 años de cárcel por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas. La Sala también condenó a Ohian Arnanz a 13 años de prisión, a Jokin Unamuno y Adur Ramírez a 12 años -estos tres en prisión desde 2016-

y a dos años a Ainara Urquijo.

NI TERRORISMO NI UNA PELEA DE BAR

La Sala, que impuso las penas más altas contempladas por estos delitos y aplicó las circunstancias agravantes de abuso de superioridad y odio para establecerlas, no consideró no obstante que los condenados debieran serlo por los delitos de terrorismo que pedían tanto la Fiscalía como las acusaciones popular y particular, pues, tal y como fijaron los magistrados en la sentencia, "no ha quedado plenamente acreditado la finalidad terrorista de su acción y tampoco su vinculación o pertenencia a ETA".

Para argumentarlo, el tribunal tuvo en cuenta, entre otras cosas, la edad de los condenados, que "ni siquiera eran mayores de edad cuando en 2011 ETA abandonó la lucha armada", de modo que "es difícil imaginar que hubieran asumido este ideario y mantenerlo en el tiempo".

Eso sí, para los jueces, las condenas tan elevadas impuestas a siete de los ocho jóvenes se deben a que "no se trató, sin más, de un simple altercado o, como se dice vulgarmente, de una pelea de bar o un pequeño incidente o discusión como tratan de hacer ver alguno de los acusados".

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