El número de familias que se declaran en concurso de acreedores crece un 5,1%

  • El 44,8% de los deudores concursados se concentran en Cataluña y la Comunidad de Madrid.
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El Instituto Nacional de Estadística ha publicado este miércoles los datos sobre las empresas, personas o instituciones que en este primer trimestre de 2018 se han delcrado en concurso de acreedores. De los 1.457 deudores concursados en el primer trimestre, 1.066 son empresas y 391 personas físicas sin actividad empresarial, lo que supone el 73,2% y el 26,8%, respectivamente, del total de deudores. En el caso de las personas físicas sin actividad empresarial se ha incrementado un 5,1% en relación con el año anterior.

El número de empresas concursadas disminuye un 3,4% en el primer trimestre de 2018 respecto al mismo periodo del año pasado. Según la forma jurídica, el 80,5% de las empresas concursadas son Sociedades de Responsabilidad Limitada. El 38,7% de las empresas concursadas se encuentra en el tramo más bajo de volumen de negocio hasta 250.000 euros.

El 22,3% de las empresas concursadas tienen como actividad económica principal el Comercio, el 15,8% el Resto de servicios y el 15,2% la Construcción. En cuanto al número de asalariados, el 56,3% del total de empresas concursadas tiene menos de seis. Y, entre éstas, el 30,5% no tiene asalariados.

El 44,8% del total de deudores concursados en el primer trimestre de 2018 se concetran Cataluña y Comunidad de Madrid.

¿Qué implica declararse en concurso de acreedores?

Quien se declara en concurso de acreedores pasa a ser un deudor concursado. Este procedimiento legal se lleva a cabo cuando una persona, empresa o institución no puede hacer frente a sus deudas.

El concurso de acreedores se produce cuando el empresario, a pesar de poseer bienes suficientes para cubrir todas sus deudas no puede pagarlas por falta de liquidez temporal. En este momento se designa a un administrador para que organice los bienes y el patrimonio del deudor y pueda hacer frente así a sus deudas.

Declararse en concurso de acreedores no es lo mismo que declararse en quiebra.  En concurso de acreedores el deudor aún tiene capacidad de pago mediante la liquidación de bienes, en la quiebra no.

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