Los vascos podrán redactar su documento de voluntades anticipadas en los centros de salud con la asesoría de su médico

  • VITORIA, 2 (EUROPA PRESS)
El consejero de Salud, Jon Darpón,
El consejero de Salud, Jon Darpón,
GOBIERNO VASCO
El consejero de Salud, Jon Darpón,

El Consejo de Gobierno Vasco ha aprobado este miércoles modificar el decreto que regula el registro vasco de voluntades anticipadas para facilitar la realización de este documento, de forma que las personas que lo deseen podrán redactarlo en los Centros de salud de Osakidetza con la asesoría de su médico de familia.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, el consejero de Salud, Jon Darpón, ha destacado que "Euskadi se sitúa a la cabeza en el número de documentos de voluntades anticipadas registrados", con una tasa de 9,9 por cada 1.000 habitantes, y espera que con esta modificación el número de personas que otorga este documento aumente un 33%.

El Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación del Decreto 270/2003, de 4 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas, modificación que "responde a la necesidad de adaptarse al considerable incremento de la demanda del ejercicio del derecho a formalizar el otorgamiento del documento de voluntades anticipadas que se espera en los próximos años en Euskadi", ha explicado el consejero.

Darpón ha explicado que con este cambio, el Gobierno Vasco se compromete a "seguir potenciando esta fórmula dada la buena aceptación que está teniendo entre los ciudadanos vascos".

"De hecho, cada vez son más las personas que desean registrar de forma oficial una serie de instrucciones que sirvan de guía a los profesionales sanitarios y también a sus más allegados sobre qué cuidados desea recibir y cómo en caso de que la persona no pueda expresar su voluntad en ese momento", ha señalado.

Según ha recordado, en el documento de voluntades anticipadas se pueden expresar principios vitales y criterios que deben orientar las decisiones a tomar en el ámbito sanitario, como la elección del lugar donde se quiere recibir los cuidados al final de la vida o la voluntad de ser donantes de órganos.

También se pueden detallar las situaciones sanitarias concretas en las que se quiere que se tengan en cuenta la aceptación o rechazo de determinados tratamientos y cuidados, o la designación de un representantes para que actúe como interlocutor válido ante el equipo sanitario en el caso de que el paciente no pueda expresar su voluntad.

FÓRMULAS PARA OTORGAR EL DOCUMENTO

El nuevo Decreto aprobado este miércoles amplía las fórmulas contempladas en la Ley 7/2002 de las Voluntades Anticipadas para poder otorgar un documento de Voluntades Anticipadas, estableciendo encargados de registro en las tres Delegaciones Territoriales de Salud, mediante notario y mediante la firma de tres testigos que pueden ejecutar en los centros de salud.

Gracias a esta modificación, se establece la descentralización del ejercicio de esa atribución a través de varios responsables que desarrollen esa tarea en las tres Delegaciones territoriales del Departamento de Salud y que actúen bajo la dependencia funcional de un órgano central.

"Esta modificación permitirá acercar el servicio a las personas interesadas en cumplimentar sus voluntades anticipadas y, al mismo tiempo, adecuará los recursos administrativos a la evolución de la cada vez mayor demanda de un modo ágil. En el corto plazo de la aprobación de este decreto, se prevé aumentar las consultas dedicadas a este fin en un 33%", ha avanzado Darpón.

EN LOS CENTROS DE SALUD

Con el ánimo de facilitar la realización del documento de voluntades anticipadas, el consejero de Salud ha anunciado que se está extendiendo en Osakidetza la posibilidad de que los ciudadanos vascos que lo deseen redacten el documento con la asesoría de su propio médico de familia y lo otorgen posteriormente en el propio centro de salud a través de la fórmula de los tres testigos, actuando como tales otros profesionales del centro de salud.

Según ha explicado, esta iniciativa se empezó a pilotar en el Territorio de Álava, y tras extenderse a todos sus centros de salud y "dados los buenos resultados", desde el año pasado se está extendiendo a los centros de salud de Bizkaia y Gipuzkoa.

El titular de Salud ha destacado que esta dinámica de facilitación del otorgamiento de voluntades anticipadas, "tiene la gran virtud de poder ser dirigida y ofertada por los propios facultativos a sus pacientes de más edad y con patologías crónicas".

Según ha destacado, en estos casos, "el proceso de comunicación y planificación compartida de los cuidados y terapias que se irán precisando con el avance de la edad y de la enfermedad cobran todo su sentido, al permitir a las personas ser protagonistas e indicar sus preferencias para cuando llegue el proceso de final de la vida".

Además, esta actualización modifica también el régimen para acceder a los documentos, de forma que el derecho de acceso, que hasta ahora únicamente se reconocía al personal sanitario y a los propios otorgantes, se extenderá a los representantes designados por los mismos.

NÚMERO DE REGISTROS

Por otro lado, el consejero ha destacado que desde el año 2003 en Euskadi se han registrado 21.723 documentos de voluntades anticipadas, lo que supone una tasa de 9,9 otorgantes por cada 1000 habitantes, "la mayor de todas las Comunidad Autónomas del Estado".

Con la descentralización y agilización del registro de documentos y la facilitación de su realización desde los propios centros de salud, se espera un "crecimiento exponencial" de los mismos.

"Fomentar esta práctica supone mejorar la calidad asistencial, el empoderamiento de los y las pacientes, aumentar la seguridad ética y jurídica de los profesionales al mismo tiempo que se respetan la autonomía y las preferencias de las personas en el final de la vida", ha concluido.

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