Según recoge la sentencia, consultadas por Europa Press y sobre la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Almería, el acusado abusó de la confianza que mantenía con la víctima para hacerse con alhajas valoradas en su conjunto en unos 3.134 euros para posteriormente venderlas en las casas de empeño de joyas.
Los hechos tuvieron lugar entre diciembre de 2014 y marzo de 2016, tiempo en el que el acusado mantenía una relación sentimental con la hija de la víctima, quien durante el juicio oral aseguró que el hombre había reconocido ante ella los hechos.
El magistrado Luis Columna señala en sus fundamentos que concurre en este caso la agravante de abuso de confianza ante el delito de hurto ya que aprovechó que él mismo vivía en la casa de la madre de su pareja para efectuar la sustracción de joyas, a la que deberá abonar el valor de las joyas vendidas.
El juez, que impone un año de prisión al acusado por estos hechos, recalca el testimonio "rotundo y contundente" de la víctima apoyado por la declaración de su hija frente a la versión del encausado, quien aseguró que las joyas fueron una "donación voluntaria en pago de la separación" cuando, según observa la magistrado, la relación "era estable".
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