El Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa del procesado y ratifica en todos sus pronunciamientos el fallo dictado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería.
Según recoge la sentencia, consultada por Europa Press, acusado y víctima estuvieron consumiendo bebidas alcohólicas de alta graduación junto a dos conocidos en la madrugada del 28 de diciembre de 2014 cuando el primero invitó al segundo a su casa.
Una vez en la vivienda, y "aprovechando" que su amigo "estaba embriagado y con la finalidad de satisfacer su deseo sexual", se acercó a la cama donde estaba dormido, lo desnudó y comenzó a abusar de él, que se despertó a "causa del dolor producido".
La Audiencia Provincial consideró que no quedó establecido en juicio que el procesado "usará la fuerza para vencer la resistencia" de su amigo y lo condenó por un delito de abuso sexual.
El TS confirma el fallo de acuerdo a la "credibilidad" del relato de la víctima, quien narró que la bebida de provocó "una gran somnolencia y que no se dio cuenta de que estaba siendo desnudado" y al informe pericial forense que acreditó lesiones compatibles con el abuso.
Remarca que el acusado admitió que "lo desnudó de cintura para abajo" y que, en el juicio, "dijo no recordar lo sucedido aun cuando ello fuera posible" y concluye que hubo una valoración racional de la prueba "bastante, de cargo y obtenida con arreglo a los principios que legitiman la actividad jurisdiccional".
Al margen de la pena privativa de libertad, el procesado no podrá acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante ocho años y deberá indemnizarlo con 25.000 euros.
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