El Supremo unifica doctrina: el margen de error de los radares estáticos es el mismo que el de los móviles, del 5%

  • Los radares son fijos o móviles, pero dentro de estos últimos pueden ser estáticos o en movimiento.
  • Los estáticos son, por ejemplo, los que están sobre un trípode o dentro de un coche que está parado.
Un agente de Movilidad, preparando un radar móvil bajo el puente de Nuevos Ministerios de Madrid.
Un agente de Movilidad, preparando un radar móvil bajo el puente de Nuevos Ministerios de Madrid.
JORGE PARÍS
Un agente de Movilidad, preparando un radar móvil bajo el puente de Nuevos Ministerios de Madrid.

El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que el margen de error de los radares de tráfico estáticos (móviles, pero que no están en movimiento), por "lógica", debe ser el mismo que el de los radares fijos, esto es, del 5%. Así lo ha explicado en una sentencia en la que rechaza el recurso de un conductor que fue 'cazado' conduciendo a 214 km/h por la AP-68 en sentido Zaragoza.

El conductor ganó el caso en primera instancia. El Juzgado de lo Penal 3 de Pamplona lo absolvió en diciembre de 2016 porque consideró que los hechos no habían podido ser acreditados -"No ha quedado acreditado que la velocidad superara los 200km/h"-; la Fiscalía recurrió a la Audiencia Provincial de Navarra.

La Audiencia revocó la sentencia y lo condenó como autor "de un delito contra la seguridad vial" a una multa de 1.080 euros. Un mes después, dictó un auto de aclaración en el que, además, le prohibía conducir durante un año y un día. Según este tribunal, "conducía en una autopista a una velocidad superior a 80 km/h por encima de la máxima reglamentaria, de 120 km/h".

Las sentencias opuestas se explican porque el primer juez consideró que el margen de error del radar era del 5% (el que se aplica en los radares fijos), mientras que la Audiencia consideró que era del 7% (el que se aplica a los radares móviles). Esto era determinante, ya que la ley dice que solo hay delito si se supera en 80 km/h la velocidad máxima ; el radar que grabó al conductor era estático, es decir, un radar que a priori es considerado móvil.

Las órdenes ministeriales existentes distinguen entre "cinemómetros fijos o móviles, y éstos últimos, entre estáticos o en movimiento", dice el tribunal. Aunque en su opinión no dicen con claridad si a los radares estáticos les corresponde un margen del 5% o del 7% debido a sus especificidades: un radar estático, por ejemplo, es el que está colocado sobre un trípode o en un coche parado. Así que ha tenido que unificar doctrina.

El Supremo determina que si bien un radar colocado en un trípode o un coche parado es móvil "por poder ser trasladado", al mismo tiempo "desarrolla su función de medición en situación de parado", por lo que su margen de error debe ser el mismo que el de un fijo (arco, edificio, poste o pórtico de carretera). "Si el aparato de medición cinemómetro es empleado desde una ubicación fija, ya sea fijo o estático, el margen de error es del 5%", afirma, y lo ve "lógico".

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