El Ayuntamiento de Torremolinos destina 2,5 millones para las subvenciones al IBI de 2018

  • El Ayuntamiento de Torremolinos (Málaga) ha establecido las bases que regirán la concesión de las subvenciones al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para este ejercicio 2018, destinadas a vivienda habitual y personas en situación de vulnerabilidad, ayudas para las que destina una partida de 2,5 millones de euros.
Ayuntamiento de Torremolinos málaga inmueble fachada Consistorio
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AYUNTAMIENTO DE TORREMOLINOS
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Las ayudas oscilarán entre un 25 y un 75 por ciento del recibo en función de criterios de renta, con un tope de 400 euros por beneficiario, según ha informado el Consistorio en un comunicado.

Como novedad, incluye la posibilidad de acceder a la subvención a aquellas unidades familiares que tengan una segunda vivienda, siempre que el porcentaje de propiedad sea inferior al 50 por ciento; y la obligación, en todos los casos, de que tanto los solicitantes como los cotitulares de la vivienda a subvencionar estén al corriente de sus obligaciones fiscales municipales a fecha de 20 de abril.

Así, han destacado que a la reducción aprobada en octubre de 2017 en el recibo del IBI, pasando de un tipo impositivo del 0,98 a un 0,75, "se une que además este año, en el compromiso del ejecutivo de que la subvención de este impuesto llegue a más contribuyentes, se ha aumentado el umbral de renta, pasando de algo más de 22.000 euros a casi los 30.000 euros este año para una persona".

Esto permite "ampliar el espectro de personas que puedan beneficiarse de esta ayuda", según ha indicado la primera teniente de alcalde y concejala de Hacienda, Maribel Tocón, quien ha aclarado que la subida del umbral de la renta "va aumentando proporcionalmente al número de miembros de una familia".

El plazo de presentación de las solicitudes de la subvención será del 14 de mayo al 29 de junio de 2018, ambas inclusive. La finalidad de estas subvenciones municipales "es contribuir al sostenimiento de un colectivo de personas que, por razones de renta inferior, las hacen particularmente vulnerables mediante la compensación parcial de la carga tributaria municipal asociada a la vivienda que constituya domicilio habitual", ha expuesto.

La concesión de estas ayudas, no obstante, "queda condicionada a la existencia

de crédito adecuado y suficiente en el momento en el que se dicte la resolución favorable a la concesión".

Los destinatarios de las subvenciones al IBI 2018 serán las personas físicas, titulares del recibo que, en conjunto con las personas que conviven con ella, tengan un nivel de

renta inferior en función de un baremo referenciado con el Iprem y siempre que la vivienda sobre la que se solicita la ayuda sea la habitual. A los efectos de acreditar la convivencia con el beneficiario se considerarán las personas que estén empadronadas con éste en el domicilio habitual a fecha 1 de enero de 2018.

También podrán solicitarla las personas físicas separadas o divorciadas legalmente con sentencia judicial firme que aun no siendo titulares del recibo del impuesto sean cotitulares de la vivienda, la ocupen como vivienda habitual y cumplan con el resto de los requisitos; y aquellas personas físicas arrendatarias de viviendas que estén acogidas al régimen de alquiler con la Agencia de Vivienda y Rehabilitación del Suelo de Andalucía (AVRA), siempre que se trate de su vivienda habitual y cumplan con el resto de los requisitos.

REQUISITOS

Como requisitos para acceder a la subvención del IBI 2018, los solicitantes tendrán que ser titulares del recibo de IBI de la vivienda habitual, ser cotitular con sentencia judicial firme de divorcio o separación, o, en su caso, ser titular del contrato de alquiler de viviendas acogidas al régimen de alquiler con AVRA.

La unidad familiar podrá contar con un segundo bien inmueble, siempre que su uso sea el de vivienda, cuando el porcentaje de propiedad sea inferior al 50 por ciento. Cuando en esa segunda vivienda esté empadronado un familiar ascendiente o descendiente del titular del recibo al menos desde el uno de enero de 2018 no se tendrá en cuenta el porcentaje de propiedad.

Para poder ser solicitante de la ayuda, tanto el titular como el conjunto de personas empadronadas con él, tienen que haber tenido en el ejercicio anterior un nivel de renta igual o inferior en función de los umbrales marcados por el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) multiplicado entre cuatro y nueve veces según el número de miembros, con los siguientes límites.

En concreto, si se trata de una sola persona se establece en 29.820,56 euros brutos anuales; en caso de dos empadronados el límite estará en 37.275,70 euros; para tres personas en 44.730,84 euros; para cuatro miembros en 52.185, euros; para cinco en 59.641,12 euros y para seis miembros en la unidad familiar el límite de ingresos se sitúa en 67.096,26 euros.

En caso de unidades familiares con más de seis miembros, el umbral de ingresos se calculará con la regla de la cuantía del Iprem establecido en los Presupuestos Generales del Estado (7.455,14 euros anuales) por el número de miembros que se trate más tres.

El plazo de presentación de las solicitudes de la subvención será del 14 de mayo al 29 de junio de 2018, y se podrá realizar de modo presencial en el registro municipal, preferentemente en la oficina del registro del Área Económica y por Internet, con certificado digital, a través de la plataforma web que se habilite al efecto y que estará disponible en fechas próximas en www.torremolinos/ibi2018.

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