Reconocen el derecho de una médica de familia a elegir días de disfrute de su reducción de jornada, según UGT

  • La Federación de Empleados de los Servicios Públicos del sindicato UGT en Córdoba (FeSP-UGT) ha ganado una sentencia en la que se reclamaba al Hospital Universitario Reina Sofía la denegación al derecho a disfrutar una reducción de jornada de un tercio en jornada de tarde a una médica de familia del Servicio de Urgencias con tres hijos en edad escolar.
Hospital Universitario Reina Sofía
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Según ha informado el sindicato en una nota, esta sentencia ha favorecido a la trabajadora para "conciliar la vida familiar y laboral, y de ahí su importancia para el resto de trabajadores del Servicio Andaluz de Salud (SAS)".

"Desde la jefatura del Servicio de Urgencias, y en varias ocasiones, se le negaba a esta médica que pudiera elegir los turnos que le facilitaban la conciliación familiar y laboral, sin que estos turnos afectaran a la potestad organizativa del empleador, en el sentido de que solo podía limitarse dicho derecho subjetivo del trabajador, en caso de mala fe o abuso de derecho por parte de este", de modo que "aquí se trata de una reducción justificada", según la sentencia.

Al respecto, el juez no aprecia que "redunde en un perjuicio ni para los compañeros de la recurrente, ni tampoco en la prestación del servicio, pues, como bien ha alegado la recurrente en la nota aportada a la vista, la ausencia de la recurrente en los días en los que se materializa su derecho, no acudiendo, bien se puede solventar mediante contratación de personal que se precise para cubrir su ausencia, así como la de los demás trabajadores que ejerciten el mismo derecho".

Así, el sindicato ha resaltado que esta sentencia defiende su postura mantenida respecto a que "los profesionales en reducción de jornada por guarda legal tienen el derecho a elegir los días de descanso que se generan por su reducción de jornada".

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