Tolosa defiende la profesionalización de las mesas de contratación frente al "cáncer" de la "corrupción"

  • El magistrado del Tribunal Supremo César Tolosa ha defendido hoy en el Parlamento de Cantabria la profesionalización de las mesas de contratación de la administración que introduce la nueva Ley de Contratos del Sector Público, ya que "en ellas se encontraba uno de los cánceres de la contratación pública, que constituye uno de los elementos más arraigados de la corrupción" en España.
César Tolosa, magistrado del Supremo y expresidente del TSJC
César Tolosa, magistrado del Supremo y expresidente del TSJC
EUROPA PRESS
César Tolosa, magistrado del Supremo y expresidente del TSJC

Por ello, ha señalado que independientemente del número de mesas de contratación que haya en una administración, lo importante es que su actuación esté presidida por los principios de "transparencia e integridad, publicidad, competencia y no discriminación". "Las precauciones frente a prácticas desviadas" no tienen que ver con la existencia de más o menos órganos de contratación, ha precisado.

Tolosa también se ha mostrado partidario de la "máxima profesionalización" de los niveles más altos de la administración pero no de limitar esos puestos a funcionarios, porque "no se puede excluir la formación de personas externas con experiencia y capacidad".

"Pensar que sólo los funcionarios pueden realizar esa labor me parece una visión pobre", ha afirmado Tolosa, que tampoco ve lógico que se restrinja el acceso de trabajadores estatutarios de la administración al puesto de director general. "Desconfío siempre del principio de libre designación, porque evita el control judicial", pero entiendo que el principio de confianza también tiene que regir", ha apostillado.

Por otro lado, considera que "no tiene sentido" que la vía administrativa de reclamación por parte de los ciudadanos se agote en el Consejo de Gobierno y ha opinado que debe acabar en los actos de los consejeros. El magistrado se ha mostrado en contra de "todo lo que responda a un entendimiento poco eficaz de la administración" y del establecimiento de "excesivas vías previas" que dilatan la posibilidad de que los ciudadanos acudan a la vía judicial, porque los recursos de alzada por lo general "son rechazados sistemáticamente".

RECORTAR LOS SUPUESTOS DE SILENCIO NEGATIVO

En esa línea, ha considerado que el proyecto de Ley de Régimen Jurídico del Gobierno de Cantabria y de la Administración de la comunidad autónoma, contempla demasiados supuestos en los que el silencio administrativo se entiende como una desestimación -silencio negativo-, y ha opinado que "se podrían recortar".

El expresidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), ha comparecido esta tarde en la Comisión de Presidencia y Justicia del Parlamento, a petición de Podemos, para exponer su punto de vista sobre este proyecto de ley, que sustituirá a la vigente de 2002, y cuyo objetivo es adaptar la legislación cántabra al nuevo marco normativo estatal (leyes 39 y 40 de 2015).

El magistrado del Supremo ha dicho que es una ley que "puede mejorar las relaciones de los ciudadanos con la administración" y ha realizado algunas propuestas de mejora de carácter técnico, aunque ha afirmado que es un "buen proyecto" realizado por "magníficos profesionales" de la Universidad.

Tolosa ha señalado que el proyecto de ley sigue una "clara línea continuista" e incurre en un "cierto automatismo" al reproducir cuestiones obsoletas de la ley de 2002 que no era necesario incorporar.

PARTICIPACIÓN PÚBLICA

El magistrado, que fue uno de los redactores de aquella norma de 2002 todavía vigente, ha recomendado "dar una vuelta" a algunas cuestiones del proyecto de ley, por ejemplo en la regulación de la participación pública en la elaboración de las normas para diferenciar mejor las figuras de la consulta, la audiencia y la información pública.

También ha opinado que habría que "intentar compatibilizar" el contenido de este proyecto de ley con el de la recién aprobada Ley de Transparencia de la Actividad Pública de Cantabria.

Sobre las potestades administrativas que la normativa estatal y el proyecto de ley confieren a las sociedades públicas, como la de sancionar o expropiar, Tolosa ha matizado que esas potestades tienen naturaleza excepcional y tienen que ser atribuidas por ley.

"Que la administración se personifique en figuras privadas no me gusta, igual que no me gusta la libre designación o los excesos de discrecionalidad", pero el caso de las potestades administrativas a las sociedades públicas está "amarrado" con "controles intensos", ha dicho. Así, ha explicado por ejemplo que la Ley estatal de Expropiación Forzosa establece que las sociedades mercantiles no tienen potestad de expropiar.

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