Juzgan a una pareja por los novillos de su hija durante tres años

En el último curso ni siquiera se matriculó. El fiscal pide para los padres 10 meses de multa con una cuota de 10 euros.

Las Navidades acaban para los más pequeños de la casa el día que tienen que volver de nuevo al colegio. No ocurre así en aquellos hogares donde los niños se quedan en casa jugando con el consentimiento paterno o hacen novillos. Esta última práctica puede acarrear serias consecuencias a los padres. Éste es el caso de una pareja de El Carpio que será juzgada hoy por un delito de abandono familiar por consentir el absentismo escolar de su hija de 15 años durante los 3 últimos cursos escolares.

El fiscal acusa a los padres de mostrar «una actitud total de pasividad y despreocupación» por la falta de asistencia a clase de la menor, a pesar de las pautas de comportamiento que se le marcaron desde el centro escolar, el equipo de orientación educativa de la zona, los servicios sociales del Ayuntamiento o desde la Policía Autonómica.

En 2004, la niña faltó los meses de septiembre y octubre enteros, 12 días en noviembre y 6 en diciembre. En 2005 fueron 12 faltas en enero, 7 en febrero, 8 en marzo, 11 en abril y no asistió ningún día de mayo y junio. Durante el curso académico 2005-2006 faltó un total de 74 días, mientras que en el último curso escolar ni siquiera llegó a formalizar la matrícula en ningún centro de enseñanza secundaria.

Por todo ello, el Ministerio Fiscal pide para L. C. A. y  A. G. C., padres de la niña, una pena de 10 meses de multa con una cuota de 10 euros.

Antecedentes con distinto final

El juicio que se celebra hoy en el Juzgado de lo Penal nº2 es el primero del año en el que se juzga a los padres por el absentismo de sus hijos, pero no es el único. El año pasado se dictaron tres sentencias en la provincia sobre el mismo asunto, pero con un final distinto.

La primera condena por un delito de estas características en Córdoba fue a unos padres que consintieron el absentismo escolar de su hija de 15 años; fueron condenados a pagar una multa de 900 euros. En los otros dos casos, el juez absolvió a los progenitores, en el primero por motivos culturales y en el segundo porque era la propia hija la que desobedecía a los padres.

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