Tribunales.-La acusación del crimen de la gasolinera señala una "emboscada" para "solucionar" un robo de droga

  • SEVILLA, 3 (EUROPA PRESS)
La sala de vistas antes del juicio
La sala de vistas antes del juicio
EUROPA PRESS
La sala de vistas antes del juicio

La acusación particular del juicio que celebra la Audiencia de Sevilla para resolver los cargos que pesan contra un exmilitar cubano y su patrón por la muerte de un "amigo" de este último, a cuenta de dos disparos efectuados por el primero, ha sostenido este martes ante el jurado popular que el crimen fue una "emboscada" planeada para "solucionar" el "problema" que constituía la víctima, al haber descubierto supuestamente que este "amigo" suyo estaba detrás del robo del alijo de hachís que ambos custodiaban.

Durante la sesión celebrada este martes en la Audiencia de Sevilla, el jurado popular constituido para este caso y los dos acusados, -el exmilitar cubano Alberto H.B. y su patrón y supuesto amigo de la víctima mortal del crimen, José María Y.T.-, han escuchado las tesis de cada una de las partes, es decir la Fiscalía, la acusación particular las defensas de cada uno de los acusados por la muerte de Manuel J.G.

A tal efecto, recordemos que según la juez de Primera Instancia e Instrucción número tres de Carmona, todo sucedió entre las 12,00 y las 13,00 horas del 11 de noviembre de 2015, en una finca de la urbanización 'Mataluna' de Carmona propiedad de José María Y.T. y donde el exmilitar cubano trabajaba como guarda.

En un auto recogido por Europa Press, la juez instructora relata que las pesquisas habrían puesto de relieve que Manuel J.G. había acudido a esta finca propiedad de José María Y.T., "en compañía de otras tres personas y para reclamarle el pago de una deuda dineraria cuyo origen se desconoce".

En un contexto en el que Manuel J.G. y José María Y.T. se habían enzarzado en una discusión y uno de los acompañantes del primero portaba "una barra de hierro", la juez detalla que el exmilitar cubado salió de una nave de la finca con una escopeta "que consta en la base de datos como sustraída" y, desde una distancia de entre uno y dos metros, disparó a Manuel J.G. en la región abdominal, realizando un segundo disparo en la zona lumbar.

Tras ello, los tres acompañantes de la víctima de los disparos huyeron con él a bordo del coche en el que habían llegado a la finca e intentaron trasladarlo a un hospital de Sevilla capital. No obstante, "ante el empeoramiento" de la víctima y el "denso" tráfico, alertaron a los servicios de urgencia y detuvieron el coche en una gasolinera enclavada frente al polígono Calonge de Sevilla.

Hasta allí llegaron agentes de la Policía Nacional y facultativos sanitarios, quienes finalmente certificaron la muerte de Manuel J.G. a las 16,01 horas. La juez instructora, además, recuerda que el exmilitar cubano, huido y detenido por la Policía Nacional varios días después de los hechos, ha reconocido ser autor de los disparos e incluso ha "afirmado que lo volvería a hacer".

Así, en este juicio, la Fiscalía reclama para el exmilitar cubano 17 años de prisión por un delito de asesinato y diez meses de cárcel por un delito de tenencia ilícita de armas, así como que indemnice con 222.000 euros a la familia de la víctima. En el caso del dueño de la finca y patrón del exmilitar, la Fiscalía no presenta cargos en su contra y le ha exculpado del caso.

De su lado, la acusación particular que ejerce la familia de la víctima reclama para cada uno de los acusados 25 años de cárcel por un delito de asesinato, dos años de prisión por el delito de tenencia ilícita de armas y tres años de cárcel por un delito de encubrimiento, así como que indemnicen con 550.000 euros a la familia del fallecido.

PRESA DE UN "ARREBATO"

En el caso de la defensa del exmilitar, reconoce que el mismo cometió el crimen e incurría en una tenencia ilícita de armas, pero niega que se trate de un asesinato y alega que este hombre actuó "en defensa de su patrón y protector", disparando contra Manuel J.G. presa de un "arrebato", ante la supuesta amenaza que sufría la persona que le había "acogido" en España. Por eso, demanda que la condena se reduzca a un delito de homicidio por el que propone diez años de cárcel, más seis meses de prisión por la tenencia ilícita de armas, al pesar a su juicio las atenuantes de "defensa de derechos propios o ajenos y arrebato".

La defensa de José María Y.T., por su parte, alega que su patrocinado no incurrió en "delito alguno", reclamando su libre absolución.

Pues bien, a partir de ahí, cada una de estas partes ha leído sus alegatos ante el jurado popular, defendiendo el fiscal que el exmilitar cubano actuó "a sangre fría y con nulo arrepentimiento", tratándose de una persona con experiencia bélica y "acostumbrada a usar armas a la mínima de cambio". A su juicio, Alberto H.B. "sabía perfectamente lo que hacía" y actuó "con alevosía", toda vez que contra su patrón, dueño de la finca donde ocurrieron los hechos y supuesto amigo de la víctima, no hay "suficientes" indicios como para sostener su incriminación.

La abogada de la acusación particular, no obstante, ha asegurado que José María Y.T. y la víctima del crimen colaboraban con una tercera persona, para ocultar en una vivienda un cargamento de hachís que les habían encomendado unos marroquíes, toda vez que en enero de 2015, diez meses antes de los hechos, dicha vivienda fue objeto de un robo saldado con la sustracción de gran parte de la droga almacenada, mientras esta tercera persona habría sido amordazada y agredida al ser sorprendido en la vivienda por los asaltantes.

MÁS "NIVEL DE VIDA"

Merced a tal relato, la acusación particular sostiene que mientras José María Y.T. experimentaba un alza en su "nivel de vida", con la compra de bienes como "coches caros", los marroquíes "reclamaban" y "apremiaban" a Manuel J.G. para que les resarciese por el hachís desaparecido. La víctima del crimen, según la representación de su familia, habría comenzado a "sospechar" de su "íntimo amigo", descubriendo según esta tesis que éste habría entrado en contacto con un grupo de "asaltantes de casas" radicado en Madrid, para recabar sus servicios.

Finalmente, y siempre según la acusación particular, la víctima avisó a José María Y.T. de que acudiría a su finca para reclamarle un "pago" por la "deuda" derivada del robo del hachís, extremo que hizo acompañado de tres "amigos comunes" de ambos. En la finca de José María Y.T., según la acusación particular, Manuel J.G. habría sido finalmente víctima de una "emboscada planeada para asesinarle" y así "solucionar el problema" que representaba para José María.

Para defender dicha tesis, la acusación particular esgrime que el exmilitar cubano no conocía a la víctima y habría actuado bajo las órdenes de José María Y.T., quien a través de toques "en el hombro" de Manuel le habría identificado como la persona con la que había que "acabar".

La defensa de José María Y.T., de su lado, niega que mediase un "plan preconcebido" y alega que la "deuda" de su patrocinado con la víctima del crimen derivaba de "unos portes con unos camiones".

Al respecto, la defensa de José María Y.T. ha expuesto que el exmilitar disparó contra Manuel J.G. porque al irrumpir el mismo armado con una escopeta, Manuel se "dirigió hacia él" espetando comentarios en su contra. Además, ha asegurado que la familia de la víctima mortal insiste en incriminar a José María Y.T. "por cuestiones económicas", pues a la hora de las indemnizaciones, el exmilitar cubano "no tiene nada" y el dueño de la parcela donde ocurrió el crimen "tienen en propiedad una casa y una nave".

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