Tribunales.- Absuelto el hombre acusado de rajar la cara a su expareja con unas tijeras

  • El Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén ha absuelto a G.M.M., de 34 años, de maltratar y vejar a su pareja sentimental durante sus más de dos años de relación y a la que, según la Fiscalía, llegó a rajarle las mejillas con una tijera en plena vía pública para que así dejara de lucir una cara bonita y se acordara de él cada vez que se mirara en un espejo.
El acusado durante un receso del juicio
El acusado durante un receso del juicio
EUROPA PRESS - Archivo
El acusado durante un receso del juicio

La absolución se produce después de que su pareja declarara en el juicio que todo había sido mentira y que lo había denunciado por celos. También el acusado en su declaración ante el tribunal el pasado 15 de marzo negó todos y cada uno de los cargos.

La sentencia comporta para el acusado una multa de 1.080 euros por incumplir las normas de adecuado uso del dispositivo de control que el acusado llevaba colocado para controlar que no se acercara a su mujer.

G.M.M. se encuentra actualmente en prisión preventiva desde el pasado mes de enero cuando fue localizado por la Guardia Civil en una nave de Bailén (Jaén) donde residía acompañado nuevamente por su pareja y los tres hijos que tienen en común.

A pesar de que la mujer se desdijo de todo en el juicio, la Fiscalía optó por mantener hasta el final su acusación por hasta 13 delitos que sumaban en total penas de 17 años de prisión. Según la mujer las heridas se produjeron porque se metió en una pelea y alguien que no pudo identificar le cortó la cara con un cristal. Según ella, le echó las culpas a su ex porque estaba enfadada con él

Malos tratos, lesiones, amenazas, y quebrantamientos de medidas cautelares son los delitos que le imputaba la Fiscalía y por los que pidió la condena. El acusado apuntó en su declaración que todo se debe a los "celos enfermizos" que su pareja que le llevaban a denunciarlo por malos tratos cada vez que pensaba que estaba con otra mujer y así poder tenerlo "encerrado 30 años".

La mujer insistió en el juicio que todo era mentira y que sus acusaciones eran porque ella se cansaba de que estuviera metido en drogas y se fuera "para arriba y para abajo con una y con otra". Dijo no tener miedo del acusado y subrayó que ha rechazado los sistemas de protección una y otra vez porque no los necesita.

En la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, se establece que los hechos que han sido objeto de instrucción y posterior enjuiciamiento "no acreditan los delitos relativos a violencia sobre la mujer".

Determina que la actitud de la mujer y sus decisiones rechazando cualquier tipo de ayuda "evidencia su manifiesto rechazo por el sistema", por lo que aunque el juez admite la existencia de ciertos indicios probatorios sobre la existencia de unas lesiones, esto son "insuficientes y carentes de solidez para poder tener por envarada la presunción de inocencia de la que ha de gozar el hoy acusado".

En esta línea, la sentencia recuerda que "el derecho penal no puede sustentarse en meras sospechas, conjeturas o corazonadas, sino en auténticos medios de prueba que desplieguen sus efectos en un procedimiento legalmente articulado al encontrarse en juego derechos constitucionales fundamentales como la libertad de la persona".

La mujer está considerada una víctima en situación de riesgo "extremo", de ahí que en enero de este año la Guardia Civil detuviera en Bailén (Jaén) a G.M.M. tras quitarse el dispositivo de localización y ante el riesgo de que ella pudiera estar en peligro. Fue detenido en una nave abandonada donde se encontraba junto a su mujer y sus tres hijos de cinco, dos y un año de edad. Desde entonces G.M.M. se encuentra en prisión preventiva.

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