Juzgado archiva por tercera vez una causa contra el exalcalde de Castril por presunta prevaricación

  • El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Huéscar (Granada) ha archivado, por tercera vez, la causa contra el exalcalde socialista de Castril José Juan López Rodenas por presunta prevaricación y malversación de caudales públicos en la licitación de un contrato para la mejora y control del abastecimiento de agua potable en el municipio a través de la instalación de contadores.

La Audiencia de Granada ha reabierto en dos ocasiones esta causa, la última vez para que se terminaran las diligencias que solicitó en su día a fin de que se investigara el asunto "con mayor rigor", entre ellas una pericial caligráfica en relación a las ofertas económicas presentadas para aspirar a este contrato y un informe de la secretaria del Ayuntamiento sobre la posible división en dos fases de las obras.

En un auto fechado el 19 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press, el Juzgado sostiene que una vez "valorada la amplia instrucción practicada" sólo cabe acordar el sobreseimiento provisional de la causa y su archivo, tal y como viene solicitando la Fiscalía.

Hace hincapié en que sólo el Ayuntamiento de Castril, ahora gobernado por la formación Nuevo Castril, estima que existen indicios de la comisión de delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, motivo por el que ha venido recurriendo los autos de archivo que se han sucedido en la causa, en la que ejerce la acusación particular.

No obstante, el juez sostiene que no está acreditado que la adjudicación de este contrato a una de las tres empresas que presentaron ofertas "respondiese al dictado de una resolución arbitraria y conscientemente dictada" por el exalcalde "ni que fuera una adjudicación directa, al reconocer los otros dos empresarios que tuvieron conocimiento de la convocatoria a través de la invitación y que firmaron las ofertas a la obra que finalmente no se les adjudicó".

Junto a ello, la secretaria-interventora expone en su informe que se adjudicó la obra a la empresa que presentó la oferta más ventajosa, extremo corroborado por el empresario en su toma de declaración como investigado.

Por ello, estima que "no hay indicios criminales constatables para poder sostener con un mínimo de posibilidades de éxito una imputación del tipo de la realizada en exclusividad por la acusación particular" y decide archivar la causa, en un auto contra el que cabe recurso de reforma y apelación.

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