Tribunales.- La Audiencia suspende el juicio al alcalde de Benamocarra para analizar la competencia

  • La Audiencia de Málaga ha suspendido el juicio previsto este martes al alcalde de la localidad malagueña de Benamocarra, Abdeslam Lucena, por denegar información municipal a la oposición, con el fin de determinar si es o no el órgano competente para el enjuiciamiento de esta causa.
Ciudad de la Justicia de Málaga. Fachada
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EUROPA PRESS - Archivo
Ciudad de la Justicia de Málaga. Fachada

La Fiscalía acusa a Lucena de dos delitos continuados contra los derechos cívicos, mientras que la acusación particular, en representación de un exedil, le achaca este delito y otro también continuado de prevaricación.

Así, el fiscal ha planteado en las cuestiones previas que la competencia para este juicio tendría que ser de un juzgado de lo Penal, debido a la pena máxima en abstracto prevista para el delito de prevaricación.

La defensa del acusado han planteado también que la competencia es de un juzgado de lo penal y, además, ha alegado la nulidad de todas las actuaciones por falta de fundamentación de varias resoluciones y por haberse investigado hechos no amparados en el auto de incoación.

Asimismo, el letrado del regidor ha planteado que se ha causado indefensión a su cliente y que se ha vulnerado el derecho a un juez predeterminado por ley, entre otros; considerando, además, que la acusación particular debería ser sacada del procedimiento.

El ministerio público y la acusación particular han rechazado los argumentos de la defensa, tras lo que el Tribunal ha acordado suspender el juicio únicamente para analizar la competencia y luego expresar la decisión tomada a través de una resolución.

La Fiscalía solicita inicialmente para Lucena una pena de siete años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público, al considerar que denegó "reiteradamente y sin causa" la información municipal que le solicitaron otros ediles de la corporación en 2011.

Según las conclusiones iniciales del fiscal, a las que ha tenido acceso Europa Press, el alcalde tenía "pleno conocimiento de la obligación de facilitar el derecho de los ciudadanos a participar en asuntos públicos", algo reconocido en la Constitución.

Pese a eso, supuestamente denegó a dos concejales en ese momento "las continuas peticiones que realizaban para informarse de los asuntos de la localidad, en concreto, las contrataciones de algunos trabajadores".

Esto lo hacía, según la acusación pública, "mediante negaciones directas" y también, presuntamente, "concediendo acceso a la documentación mediante notificaciones precipitadas para horas intempestivas que hacían ineficaz el ejercicio del derecho".

Por su parte, la acusación particular le achaca más peticiones de información sin responder, imputándole un delito de impedimento de derechos cívicos y otro de prevaricación, solicitando 17 años y medio de inhabilitación para empleo o cargo público.

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