En virtud de ese acuerdo, la Fiscalía, que inicialmente pedía dos años y medio de cárcel, rebajó su petición de pena, y suprimió uno de los delitos que atribuía al acusado (un delito leve de vejaciones).
Así, la jueza ha dictado sentencia ya en la sala, condenado al acusado a 21 meses de prisión, y le ha impuesto la prohibición de tener o portar armas durante 3 años, así como la prohibición de acercarse a su exmujer durante cuatro años y medio. A.S.O. deberá pagar, en concepto de indemnización a la víctima, 16.000 euros.
La magistrada también ha accedido a suspender la ejecución de la pena con la condición de que el procesado no delinca durante un período de 3 años, que participe en el programa formativo y terapéutico previsto para casos de maltratadores y que indemnice a su exmujer (el pago está condicionado a la liquidación de la sociedad de gananciales).
Según el escrito de acusación pública, A.S.O. y la víctima estuvieron casados durante 49 años y, en todo el tiempo de convivencia, el procesado ejerció "dominio y control" sobre la vida de su mujer, aislándola socialmente, humillándola e insultándola de forma constante. Además, desde hacía unos 4 años, no le permitía disponer de dinero y no lo comunicaba sus citas médicas.
El Fiscal también acusó al hombre de prohibir a su mujer comprar rompa en los últimos 20 años, y de llegar incluso a esconderle la comida.
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