En esta sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla, fechada el pasado 7 de marzo de 2013 y recogida por Europa Press, la citada instancia judicial da cuenta que los hechos acontecieron entre 2011 y noviembre de 2013.
El tribunal considera como hechos probados que entre 2011 y el día 29 de noviembre de 2013, cuando le fueron retirados los siete hijos menores de edad que tenía con su pareja, al ser declarados en desamparo, el ya condenado abusó de una de sus hijas "tratando de satisfacer sus deseos sexuales" a través de prácticas como tocamientos en los genitales de la chica, que contaba menos de 13 años de edad.
A ello se suma, según la sentencia, que el acusado, durante la convivencia familiar, "sometió a sus hijos menores de edad a una generalizada y permanente situación de violencia y maltrato", de forma que "pegaba constantemente a los hijos menores sin motivo o con cualquier pretexto", mientras que también "propició en la convivencia familiar un ambiente sexualizado al que expuso a sus hijos menores a sabiendas de su inmadurez", lo que generó en sus hijos "un constante sufrimiento moral y una permanente sensación de angustia, miedo y humillación".
Por el contrario, la Audiencia considera que "no se ha constatado que el acusado exhibiera a sus hijos menores películas de naturaleza pornográfica en los que aparecieran personas desnudas manteniendo relaciones sexuales, como tampoco que delante de los menores se masturbara".
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