El objetivo es ayudar a los núcleos de población con menor capacidad económica y técnica para financiar de capital para mobiliario y equipamientos públicos en pedanías. Hay que tender en cuenta que los gastos subvencionables deberán reunir algunas características como que no sean bienes fungibles.
La duración prevista debe ser más de un año, ser susceptibles de registro en inventario, y no ser reiterativos. Además, deben ser todos de nueva adquisición. La ayuda máxima por beneficiario será de 20.312 euros.
Las pedanías podrán cubrir gastos como los de mobiliario y enseres para dependencias municipales, es decir, despachos, casas de cultura, velatorios, residencias, servicios médicos, deportivos o también electrodomésticos para los servicios municipales.
Asimismo, se incluye mobiliario para espacios públicos, como bancos, papeleras, farolas, elementos para parques infantiles (no incluyéndose elementos de parques infantiles adaptados, ya que estos cuentan con su propia línea de ayudas); material de protección civil y prevención de incendios, como bocas de riego, mangueras, motosierras o extintores, entre otros, y material informático y audiovisual, como ordenadores, pizarras electrónicas, proyectores de imagen, equipos de sonido, etcétera.
Las bases completas se pueden consultar en el BOP nº 0052, del miércoles 14 de marzo de 2018.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios