Los vehículos que puedes conducir con el carné de coche

  • Con el permiso B puedes conducir microcoches, utilitarios, motos de hasta 15 CV (con 3 años de experiencia), vehículos de tres ruedas, motos con sidecar (con requisitos) y otros tipos de vehículos.
  • El buggy y el quad también puedes conducirlos si tienes el carné de coche.
Aunque puede parecerse a un quad, la forma de conducir esta moto, la Quadro4, es completamente opuesta.
Aunque puede parecerse a un quad, la forma de conducir esta moto, la Quadro4, es completamente opuesta.
QUADRO4
Aunque puede parecerse a un quad, la forma de conducir esta moto, la Quadro4, es completamente opuesta.

En España el permiso de conducción más solicitado es sin duda el carnet B, que es el que habilita para conducir turismos. Según datos de la DGT, el censo de conductores con el permiso tipo B alcanza los 18.838.157. Con este carnet B puedes conducir microcoches, utilitarios, berlinas, monovolúmenes, todocaminos, deportivos… pero, ¿sabías que también te permite conducir otros vehículos? ¿qué motos puedo conducir con el carnet de coche?

Vehículos de dos y tres ruedas

Quien, tras pasar un examen teórico y una prueba práctica, haya obtenido el carnet de conducir tipo B, también podrá ponerse a los mandos de una moto, concretamente de un ciclomotor siempre que monte un motor de cilindrada menor a 50 centímetros cúbicos o un motor eléctrico y que tenga limitada su velocidad máxima a 45 km/h.

Si este tipo de moto pequeña se te queda corta para tus desplazamientos diarios, también podrás conducir una moto de hasta 125 cc con una potencia máxima de 15 CV (11 KW) pero, para convalidar el carnet A1, tendrás que tener al menos tres años de experiencia con el carnet B. Son muchos los conductores que alternan la conducción de un turismo con la de un scooter, sobre todo para facilitar la movilidad entre el intenso tráfico diario que hay en las grandes ciudades. Si nunca has conducido una moto, estos consejos para aprender a montar en moto te vendrán muy bien.

Si los vehículos con tres ruedas o triciclos te dan mayor seguridad –por su estabilidad- también puedes conducirlos, pero siempre que dos de las tres ruedas estén en el mismo eje. En este caso, no hay limitación de potencia o cilindrada, el único requisito es que el fabricante lo homologue como vehículo de tres ruedas y no como moto de tres ruedas. La diferencia está en que con el primero se exige freno de estacionamiento, una anchura de vías mínima y otros elementos de iluminación.

En el caso de que te gusten más las motos de tres ruedas, también podrás conducirlas, pero tendrán que tener una cilindrada por debajo de los 125 cc y una potencia que no supere los 20 CV (15 kW). ¿Y las motos con sidecar? También te podrás poner a los mandos de una de estas motos sin dos ruedas en el mismo eje, pero solo cuando hayas podido convalidar el carnet A1 tras demostrar tres años de experiencia con el carnet B. En este caso rigen las mismas condiciones que hemos comentado antes: tendrán que ser motos que no superen los 125 cc y los 15 CV (11kW) de potencia.

Otros vehículos con cuatro ruedas

Hay vehículos pequeños que se homologan como cuadriciclos y que también se pueden conducir con el carnet B. Pueden ser cuadriciclos ligeros con un peso máximo de 350 kg y una potencia máxima de 4kW o el cuadriciclo convencional de hasta 550 kg y 20 CV (15 kW).

Si estás pensando en un vehículo tipo buggy con más de 20 CV, debes saber que estos están homologados como turismos, por lo que podrás conducirlos sin problemas con tu carnet B. Dentro de los vehículos que se pueden conducir con el carnet de coche también se incluyen los quads o ATV sin limitaciones específicas.

Hemos comentado que el carnet B habilita para conducir turismos, pero cuidado porque aquí también encontramos limitaciones. No se incluyen vehículos que superen los 3.500 kilos, que es el peso máximo admitido que aparece en la ficha técnica del vehículo. A esto se añade otra condición y es que no tenga más de nueve plazas, incluida la del conductor. Se suman también furgonetas que cumplan estos requisitos y que estén homologadas tanto como vehículo turismo o comercial.

Vehículos con remolque con el carné B

Además de poder conducir turismos, motos, triciclos, cuadriciclos, quads o furgonetas, el carnet B también autoriza a conducir estos vehículos con un remolque. En este caso también encontramos la limitación del peso máximo admitido en la ficha técnica que no se puede superar.

Si vas a enganchar un remolque a un turismo en concreto (hasta 3.500 kg de peso), la normativa permite dos alternativas: un turismo y un remolque (máximo 750 kg) que en total no superen en conjunto los 4.250 kg o un turismo y un remolque (supera los 750 kg) que en conjunto no supongan más de 3.500 kg. Si no se cumplen estos requisitos tendrás que recurrir a otros tipos de carnet.

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