En su acuerdo de desestimación, el Ejecutivo andaluz ratifica las razones y los hechos probados que motivaron la resolución del procedimiento sancionador, iniciado en julio de 2016 por los agentes de Medio Ambiente de la Junta tras constatar la extracción continuada de agua desde cinco años antes, con un volumen total de unos 4,64 millones de metros cúbicos.
Estos hechos se tipifican como infracción muy grave por la Ley de Aguas de Andalucía, con las circunstancias agravantes de actividad lucrativa, intencionalidad e incumplimiento reiterado de la medida cautelar de sellado e inutilización de los sondeos.
La sanción incluyó, además de la multa, una indemnización de 1,11 millones de euros por daños y perjuicios al dominio público hidráulico; la imposibilidad de obtener durante tres años préstamos, subvenciones o ayudas públicas en materia de medio ambiente, y el sellado de los sondeos y la retirada de todos los instrumentos instalados.
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