Costa, sobre la condena a Valtonyc: "Sanción sí, prisión no"

  • La consellera de Presidencia, Pilar Costa, ha manifestado, en relación a la condena al rapero mallorquín Josep Miquel Arenas, conocido como Valtonyc, que debería haber sido sancionado por sus canciones pero no condenado a prisión. "Sanción sí, prisión no", ha sentenciado.
El rapero mallorquín Valtonyc
El rapero mallorquín Valtonyc
ATENEU DE FELANTIX - Archivo
El rapero mallorquín Valtonyc

Así lo ha manifestado este martes en el pleno la consellera, en respuesta al diputado del PP Antonio Gómez, quien le ha preguntado por su valoración sobre la propuesta de Podemos de suprimir el delito de enaltecimiento del terrorismo del Código Penal.

En este sentido, Costa ha criticado la "desproporción" de las penas aprobadas en la modificación del Código Penal en 2015 y, aunque ha reconocido que algunas de las expresiones de 'tuiteros' y raperos le parecen "abominables", "una cosa es que sea sancionable y otra cosa que sea objeto de prisión".

Asimismo, la consellera ha indicado que el delito de enaltecimiento del terrorismo "existía y seguirá existiendo, otra cosa es lo que se entienda por enaltecimiento". "Las leyes en vigor son democráticas, pero pueden ser desproporcionadas o injustas como pensamos que fue la totalidad de la reforma del CP en 2015", ha añadido.

Por su parte, el diputado 'popular' ha recordado que el martes pasado durante una pregunta formulada por la diputada de Podemos, Laura Camargo, esta sugirió una modificación del Código Penal, y más concretamente del artículo del Código Penal relativo al enaltecimiento del terrorismo para que "se persiga más a políticos corruptos y no a personas que piensan diferente".

Concretamente, el artículo 578 establece que el enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos de terrorismo o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a dieciocho meses.

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