Condenan a Francis Franco a 30 meses de prisión por atentado a la autoridad y conducción temeraria

  • La magistrada del juzgado de lo Penal de Teruel, encargada de enjuiciar la causa abierta contra Francisco de Asís Franco Martínez-Bordiu y Silviu Nicolae R. por varios delitos cometidos el 30 de abril de 2012 en la provincia de Teruel, ha condenado a 30 meses de prisión al nieto de Franco, como autor criminalmente responsable de un delito de atentado contra agentes de la autoridad, un delito de daños, un delito de conducción temeraria y al pago de las tres cuartas partes de las costas del juicio, incluidas las devengadas por el Abogado del Estado.
Francis Franco en el juzgado de Teruel.
Francis Franco en el juzgado de Teruel.
EUROPA PRESS
Francis Franco en el juzgado de Teruel.

Asimismo, la jueza ha absuelto a Silviu Nicolae R. de todos los cargos que se le imputaban, según se recoge en la sentencia firmada por la magistrada Amparo Monge.

Por ello, le impone a Francis Franco una pena de 18 meses de prisión por el delito de atentado a la autoridad y 12 meses de prisión por el delito de conducción temeraria, privándole del derecho a conducir vehículos a motor durante dos años y seis meses.

Además, por el delito de daños le impone una multa de 12 meses,con una cuota diaria de 40 euros y la obligación de indemnizar al agente de la Guardia Civil, perteneciente al Destacamento de Tráfico de Monreal del Campo (Teruel), con 1.500 euros y a la Dirección de la Guardia Civil en la cantidad de 2.720 euros por daños en los vehículos.

Frente a los delitos que se le imputaban, -atentado agravado por el uso de medio peligroso, delito de daños agravado y la falta de lesiones-, la jueza falla su absolución, al igual que para la compañía de seguros y reaseguros AXA AURORA IBERICA S.A., como responsable civil subsidiaria.

En sus razonamientos jurídicos, y tras una vasta argumentación, la jueza concluye que la "suficiencia y racionalidad" de las pruebas presentadas destruye "sin género de dudas la presunción de inocencia que provisionalmente ampara al acusado Francisco Franco por estos hechos".

Ante la controversia entre letrados por los hechos ocurridos, manifiesta la jueza que "los diferentes testimonios presentados por la Defensa no superan el juicio de verosimilitud por cuanto se califican de poco creíbles y no ajustadas a la realidad", pero que la declaración del agente de la Guardia Civil que resultó lesionado "se ha mantenido inalterable a lo largo de las diferentes fases procesales de la causa" sin que conste animadversión alguna hacia el acusado, y estando sus declaraciones corroboradas por datos objetivos externos.

HECHOS PROBADOS

La sentencia recoge que, entre las 7.00 y las 7.30 horas del día 30 de abril de 2012, dos agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Destacamento de Tráfico de Monreal del Campo (Teruel) observaron el vehículo Toyota Hilux, conducido por el acusado Francisco de Asís Franco Martínez Bordiu, circulando por la CN-234 (Sagunto-Burgos), en dirección Burgos, en sentido contrario y con las luces apagadas. Como ocupante del asiento del copiloto viajaba Silviu Nicolae.

Los agentes invierten el sentido de su marcha para notificarle la infracción, pero el conductor hace caso omiso a las órdenes luminosas y acústicas de los agentes, se incorpora a un camino de tierra tras cruzar el río Jiloca, vuelve a incorporase a la CN-234, se salta un stop, y sigue a "gran velocidad, con invasión del carril de sentido contrario en las curvas, desoyendo los mensajes realizados por los agentes con el megáfono pidiéndole que detuviera el turismo".

Continuó la marcha por la carretera A-2511 en dirección Ferreruela de Huerva, hasta la localidad de Lagueruela en la que toma una pista forestal asfaltada dirección Collados. Es en esta vía, en un cruce con un camino de tierra, cuando detuvo la marcha del vehículo, donde fue alcanzado por el vehículo oficial Toyota Rav 4, que estaciona a su lado, en la entrada de esa vía.

Uno de los agentes les conmina para que dejen el arma de fuego que portaban (avistada durante la persecución en la A-2511 y avistada de nuevo la culata en este segundo momento), y es entonces cuando Francis Franco, "con ánimo de ofender el principio de autoridad, realiza de forma brusca la maniobra de marcha atrás, impactando por alcance con la parte posterior izquierda" del vehículo de la Guardia Civil hasta desplazarlo unos 9,80 metros, obligando a un agente a volver a introducirse rápidamente en el vehículo.

El impacto le produjo al agente "cervicalgia y contractura paracervical a consecuencia de la colisión" y precisó una primera asistencia facultativa.

Tras continuar la marcha por el camino, Francis Franco, se incorpora a la A-2513, saltándose el stop, para meterse a un camino de tierra situado al lado de una ermita en ruinas, lugar en el que finaliza la persecución por problemas mecánicos en el vehículo de la Guardia Civil.

Sobre las 12.00 horas, el vehículo de Francis Franco fue localizado en Bea (Teruel) "perfectamente cerrado y estacionado", según se recoge en los hechos probados de la sentencia.

El vehículo oficial sufrió daños por importe de 2.720 euros y el agente de la Guardia Civil sufrió lesiones que tardaron en sanar 30 días aunque no le impidieron realizar su trabajo o vida habitual, se aclara en la sentencia.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

La magistrada, entre los razonamientos jurídicos, sostiene que los hechos relatados son "legalmente constitutivos de un delito de atentado a agentes de la autoridad", según se recoge en el Código Penal, además de un delito de daños, una falta de lesiones y otro de delito contra la seguridad vial por conducción temeraria todos ellos recogidos en el Código Penal "de los que debe responder como autor elacusado Francisco de Asís Franco Martínez-Bordiu".

Se alude también a las pruebas que acreditan que Francisco Franco "es la persona que conducía el Toyota Hilux" al "ser identificado" por el agente de la Guardia Civil cuando los dos vehículos se encontraban parados en el camino que cruza la pista forestal en el momento en el que al descender del vehículo oficial vio la cara de Francis Franco a través del espejo retrovisor del conductor exterior izquierdo.

Asimismo, en los accesos a Internet por navegación y a IntranetGPRS "se comprueba que desde primeras horas del día 30 de abril de 2012 el usuario se conectó a la red en 130 ocasiones" y en concreto entre las 7:35:03 y las 7:35:11 horas se le ubica en la localidad de Burbáguena y a las 7:48:02 y 07:52:18 horas en Ferreruela de Huerva, "localidades en las que se han determinado espacial y temporalmente los hechos declarados probados".

En su declaración judicial el acusado Francisco Franco dijo que el día 29 estuvo en su casa de Aranda del Moncayo (Zaragoza), pero que decidió regresar a Madrid ese día por la tarde para poder hacer gestiones al día siguiente porque hacía muy mal tiempo, dejándose olvidado en Aranda del Moncayo su teléfono móvil; tenía previsto regresar a esta localidad el día 1 de mayo pero lo hizo el 30 de abril.

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