En un auto fechado a 21 de diciembre de 2017 y hecho público este jueves, el Alto Tribunal ha acordado inadmitir el recurso de casación presentado por la Asociación Hotelera y Extrahotelera de Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro (Ashotel) y sí admitir el de la letrada de la Comunidad Autónoma, declarando la "tramitación preferente" de este recurso.
El Supremo argumenta que hay "interés casacional" para revisar la sentencia y estudiará los argumentos planteados por la Comunidad Autónoma, que defiende el "interés general" en la negativa a abrir el alquiler vacacional en áreas turísticas y que la ley de arrendamientos urbanos impide alquilar habitaciones.
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