Benalmádena amplía el plazo de solicitud para las ayudas municipales al alquiler y los intereses hipotecarios

  • La Concejalía de Vivienda y Rescate Ciudadano del Ayuntamiento del municipio malagueño de Benalmádena ha informado de que el plazo para solicitar ayudas al alquiler o intereses hipotecarios continuará abierto hasta el día 31 de enero.
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AYUNTAMIENTO DE BENALMÁDENA
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Las solicitudes se podrán recoger en la Oficina de Rescate Ciudadano, de lunes a jueves en horario de 10.00 a 12.00, para después ser presentadas por registro de entrada, tanto en el Ayuntamiento como en la sede de Bienestar Social o la Casa de la Cultura. También están disponibles en el Portal de Transparencia, en el apartado Convocatorias, dentro de Becas y Subvenciones.

"La gran novedad este año es que las ayudas se han ampliado para incluir también los intereses de hipotecas de viviendas a personas con ingresos limitados y riesgo de exclusión social", ha recordado este lunes el edil de Vivienda y Rescate Ciudadano, Enrique García.

Asimismo, ha explicado que desde la Concejalía de Vivienda y Rescate Ciudadano "estamos trabajando en un Plan de Vivienda y Suelo en el que, a través del diálogo con las empresas comerciales del sector inmobiliario, hemos detectado que en el último año se ha producido un incremento de 100 euros mensuales en el alquiler de viviendas, mientras que el precio de una vivienda media ha pasado de 120.000 a 180.000 euros".

"Con estas ayudas pretendemos contribuir a paliar estos incrementos de los precios en el mercado inmobiliario para aquellas familias en riesgo de exclusión social", ha indicado García, señalando que "las subvenciones cubrirán hasta el 50 por ciento de las cuotas mensuales durante un periodo de 12 meses".

REQUISITOS

Entre los principales requisitos que deberán cumplir los beneficiarios se encuentran tener residencia legal en España, estar empadronados y residir de forma efectiva en el municipio por un periodo mínimo de 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.

Como también deben estar empadronados en el domicilio para el que se solicita la ayuda al menos en los tres meses previos a la solicitud, que los ingresos de la unidad de convivencia no superen la Cuantía del Límite de Ingresos de la Unidad de Convivencia, estar al corriente de las deudas tributarias, tener justificadas las ayudas sociales y no tener relación de parentesco en primero o segundo grado con la persona arrendadora de la vivienda.

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