Tribunales.- Justicia italiana aplica un indulto y una medida alternativa a prisión a un condenado en 'Malaya'

  • La justicia italiana ha aplicado un indulto parcial y una medida alternativa a la prisión al empresario Massimo Filippa, condenado a tres años y medio de cárcel por el caso 'Malaya', contra la corrupción en Marbella (Málaga), el cual pidió cumplir la condena en su país; lo que ha hecho que el vencimiento de la pena sea el próximo mes de enero de 2018.
Un momento del juicio del caso 'Malaya'
Un momento del juicio del caso 'Malaya'
EUROPA PRESS/ARCHIVO
Un momento del juicio del caso 'Malaya'

Así consta en varias resoluciones a las que ha tenido accedo Europa Press, en las que se informa a la Sala de Málaga que ejecuta la sentencia del caso 'Malaya' de las distintas decisiones tomadas en el último año en dicho país, de donde es originario Filippa, dentro del proceso de cumplimiento de la sentencia dictada en la que se le condenó por los delitos de blanqueo de capitales y cohecho.

El Tribunal de Málaga aceptó en mayo de 2016, con el visto bueno de las partes, la petición del empresario de que la sentencia se ejecutara en Italia, que alegó tener la nacionalidad, vínculos familiares y residencia allí. Así, en ese momento se accedió a transmitir a la autoridad judicial italiana la sentencia para que procediera al reconocimiento y ejecución de la misma.

Ahora, desde Italia se ha informado a la Sala de Málaga de que el Tribunal de Turín procedió al reconocimiento de la sentencia española en diciembre de 2016, resolución que se hizo firme a principios de enero de 2017 y en la que se considera que lo dictado por la Audiencia malagueña no contiene disposiciones contrarias al ordenamiento italiano y la condena está "suficientemente motivada".

Entonces, se dispuso la orden de ejecución de la pena, pero, según uno de los documentos aportados, se le concedió al condenado el "beneficio de la condonación de pena colectiva (indulto)", de carácter parcial pues fue de tres años, con lo que a fecha de 20 de enero de 2017 le restaba por cumplir cinco meses y 28 días de la condena.

En este punto, el fiscal determinó la suspensión de la orden de ejecución, al "darse las condiciones" para ello, avisando de que el condenado podía solicitar medidas alternativas a la privación de libertad. De hecho, éste pidió la prisión domiciliada y la "asignación a prueba al servicio social", según consta en otro de los documentos.

Así, en mayo de este año, el Tribunal de Vigilancia Penitenciaria de Turín rechazó la prisión domiciliaria; mientras que concedió la medida de asignación al servicio social por el mismo tiempo de la pena que le quedaba por cumplir, es decir, poco más de cinco meses, con fecha de inicio de julio; por lo que se determina que el vencimiento será el 3 de enero del próximo año.

La Fiscalía malagueña y la Sala de Málaga instaron a que las penas de multas impuestas, de tres millones de euros, fueran cumplidas en España, aunque, según una providencia, el penado "fue declarado insolvente por decreto de julio de 2016". No obstante, fuentes judiciales han apuntado que se estudiará la posibilidad de hacer efectivos dichos pagos.

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