El TJUE sentencia que España no tendrá que recuperar las ayudas millonarias a la TDT

  • El tribunal falla en contra de la Comisión Europea, que las declaró ilegales.
  • La sentencia se opone también a las opiniones al respecto del Tribunal General de la Unión Europea: consideraba que iban en contra del mercado interior.
Una persona cambiando de canal con el mando a distancia.
Una persona cambiando de canal con el mando a distancia.
GTRES
Una persona cambiando de canal con el mando a distancia.

El Tribunal de Justicia de la UE ha sentenciado este miércoles que España no tendrá que recuperar las ayudas concedidas entre 2005 y 2009 a los operadores de televisión digital terrestre (TDT) en zonas poco urbanizadas, al anular la decisión de la Comisión Europea (CE) que las declaraba ilegales.

El TJUE, máxima instancia judicial europea, falló así en favor de España y en contra del Ejecutivo comunitario, que en 2013 consideró que estas compensaciones, que ascendían a unos 260 millones de euros, eran incompatibles con la normativa del mercado interior.

La sentencia se opone también a las opiniones al respecto del Tribunal General de la Unión Europea y del abogado general del TJUE, que habían confirmado previamente el análisis de la Comisión.

En su sentencia, el TJUE señaló que la normativa europea prohíbe las llamadas ayudas selectivas, que favorecen a determinadas empresas frente a otras que se encuentran en una situación comparable, y que de esta forma había considerado el Tribunal General las ayudas a la TDT.

Sin embargo, el TJUE estableció que ni la decisión de Bruselas ni la sentencia recurrida "contienen indicación alguna" de que las empresas de radiodifusión se encuentran en una situación comparable a otros sectores ni de que esta situación pueda equipararse a empresas que emplean otras tecnologías.

Dependiendo del interés comercial

Para asegurar la transición de la televisión analógica a la digital en todo el territorio, las autoridades españolas optaron por dividir el área del país en varias partes, dependiendo de si existía un interés comercial en asumir ese coste, de forma que en la Zona II, compuesta de áreas menos urbanizadas, este cambio se cubriría con financiación pública.

El objetivo era que el servicio de TDT alcanzara una cobertura del 98% de la población española, con el fin de igualar el porcentaje cubierto por la televisión analógica en 2007.

Una denuncia de un operador europeo de satélites en 2013 llevó a la Comisión a declarar "ilegales e incompatibles con el mercado interior" estas ayudas al "despliegue, mantenimiento y explotación" de la red de TDT en las áreas que las habían recibido, con la excepción de Castilla la Mancha.

Bruselas obligaba así a los beneficiarios a devolver a España la ayuda, que ascendía a unos 260 millones de euros.

España, como Estado miembro, y varias comunidades autónomas y operadores de TDT nacionales, pidieron al Tribunal General de la UE que anulase esta decisión en 2015.

Esta corte rechazó la solicitud y confirmó la decisión de Bruselas al considerar, en particular, "que las medidas adoptadas por las autoridades españolas no respetaban el principio de neutralidad tecnológica".

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