Reconocen a un militar su derecho a ascender aunque lleve en la reserva 24 años

  • El juez reconoce que el militar puede ser alférez de navío y se debe considerar su antigüedad y los efectos económicos "que legalmente le correspondan".
  • La decisión la ha tomado la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia.
Imagen del principal acceso del Arsenal de Cartagena.
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Imagen del principal acceso del Arsenal de Cartagena.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha reconocido a un militar de la Marina su derecho a ascender a la categoría de alférez de navío —equivalente a la categoría de capitán— aunque se encuentre en situación de reserva por pérdida de condiciones psicofísicas desde octubre de 1993.

El tribunal no solo le reconoce ese derecho al ascenso, sino que dispone que le deberá ser considerada igualmente la antigüedad y efectos económicos "que legalmente le correspondan".

La sentencia expone que su petición fue rechazada por la Jefatura de Personal de la Armada en abril de 2015, por lo que acudió entonces a la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

En su recurso, este militar alegó que "en el instante inmediatamente anterior al pase a la situación de reserva no estaba afectado por ninguna limitación legal para alcanzar el empleo de subteniente".

La Sala dice que la ley a aplicar al apelante es la que regía en aquellos momentos, y no otra posterior, que es más restrictiva.

Por ello, concluye el TSJ, según la normativa vigente entonces, podía ascender, por lo que le reconoce ese derecho que, en este caso, tras 24 años en la reserva, será al empleo de alférez de navío, como había pedido.

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