Fiscalía mantiene 11 años para el novio acusado de abusar de su esposa, menor de edad, padres y suegros

  • Las defensas solicitan la absolución basadas en la tradición de la etnia gitana y la aceptación social de sus costumbres
Imagen del juicio
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EUROPA PRESS
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VALLADOLID, 15 (EUROPA PRESS)

La representante del Ministerio Fiscal ha mantenido finalmente su petición de once años de prisión para el joven Marius I.B, sus padres y los que fueran sus suegros por abusos sexuales continuados en la persona de la que fue su esposa, de 11 años, al considerar acreditado que el primero y el resto de acusados eran perfectamente conocedores de la condición de menor de la contrayente y de que las relaciones entre la pareja eran, por tanto, delictivas.

La petición de pena formulada por la acusadora pública para Marius, quien contaba con 17 años cuando contrajo matrimonio el 5 de mayo de 2014 en Rumanía, sus padres, Traian B. y Garaoata B, y los padres de la menor, Constantin T. y Garofita T, estos cuatro en calidad de cooperadores necesarios, no ha tenido con consideración el testimonio de la supuesta víctima, quien, en la segunda y última sesión del juicio celebrada en la Audiencia de Valladolid, ha explicado que su enlace contó con su consentimiento y que sabía la obligaciones derivadas de su nueva situación.

La testigo, que tan sólo ha respondido a preguntas relativas a su hoy exmarido y exsuegros para evitar perjudicar a sus padres, ha explicado que conoció a su pareja por facebook y que se casó con él de forma voluntaria por el rito gitano tras un noviazgo visto y no visto de únicamente un par de días, así como que estaba al corriente de sus obligaciones conyugales, aunque aún no deseaba tener hijos.

En su declaración, que se ha desarrollado a puerta cerrada, ha apuntado que en su día denunció que estaba siendo maltratada por su marido, lo que a la postre condujo a la detención de los hoy procesados, porque se encontraba molesta con su pareja debido a los devaneos y miradas con otras chicas.

Precisamente, el agente de la Guardia Civil que actuó como instructor de las diligencias ha recordado que la investigación se inició en Valladolid a raíz de tener conocimiento de que la menor, que en 2015 abandonó La Seca (Valladolid), donde residía con su marido y suegros, se había trasladado a Sevilla para guarecerse en casa de sus padres y había presentado denuncia por maltrato en un puesto de la Benemérita en aquella provincia.

"ERA ABSOLUTAMENTE INFANTIL"

Por su parte, peritos forenses y psicólogas que examinaron a la niña en octubre de 2015, cuando ya tenía 12 años, han coincidido al asegurar que "era absolutamente infantil" y se guiaba únicamente "por sus deseos de niña. Sus decisiones no eran elaboradas sino únicamente infantiles. Se guiaba por lo que en ese momento le apetecía hacer, sin valorar las consecuencias de sus actos", aunque sí han reconocido que su apariencia física era la de una "mujer adulta", sobre todo en la foto de la boda en la que aparecía maquillada y enjoyada.

Tras las testificales, la acusación pública ha elevado a definitiva su petición de once años de prisión para los cinco encausados al considerar plenamente acreditados los hechos, que, como así ha advertido, fueron investigados inicialmente como un supuesto caso de "trata de blancas" ante las dudas de que detrás del enlace pudiera haber un pago económico entre ambas familias.

"Hay intercambios económicos que no están claros y no han sido probados", reconoce la fiscal, quien, en declaraciones recogidas por Europa Press, sí considera como "hechos objetivos" el enlace entre una menor de 11 años y un varón de 17 y las relaciones sexuales plenas que ambos mantuvieron durante el año-de ahí el delito continuado-de convivencia en La Seca.

En este sentido, la fiscal se ha mostrado categórica al sostener que tanto el novio como sus padres y suegros, estos últimos lógicamente, sabían que la novia contaba tan sólo con 11 años, algo también probado respecto de la familia del contrayente debido a que la legislación rumana exige el consentimiento por escrito de los padres cuando una menor viaja a España sin sus progenitores, como ocurrió en este caso.

Pero además, la acusación ha rechazado que en la conducta de los procesados concurra un error de prohibición invencible, en cuanto a que desconocían que las relaciones sexuales entre menores aparecen recogidas en el Código Penal español, al igual que en su país.

"Por mucho que se intenten escudar en la tradición gitana, si durante su estancia en España durante un año no se han enterado de que era delito es porque han querido mantenerse al margen de la legislación", ha reprochado la acusación, que en todo caso, "siendo muy generosos", ha dejado a criterio de la sala que pudiera apreciar en los hechos un "error vencible", que rebajaría una posible condena a no menos de dos años y medio de prisión.

LOS JUZGADOS ESTARÍAN "DESBORDADOS"

En el lado opuesto, las defensas han solicitado un fallo absolutorio amparadas en el "error invencible" que, según entienden, pudieron cometer los acusados ante el desconocimiento de que las leyes no permitan relaciones sexuales entre menores pese al consentimiento de los contrayentes, situación que han contextualizado en la tradición rumana-gitana en la que este tipo de enlaces son una constante y "hoy en día están asumidos socialmente en España".

De hecho, el abogado de Marius y sus padres ha llegado a afirmar que de lo contrario "los juzgados y audiencias provinciales de este país no darían a basto para enjuiciar casos de esta misma índole", en clara alusión al hecho de que la supuesta víctima contrajera nuevas nupcias a posteriori en Sevilla, con 14 años, y sea hoy madre de un niño.

El defensor ha apuntado igualmente la madurez física de la novia y las dificultades de su pareja de conocer su edad, ya que ella misma afirmaba en su página de facebook que tenía 26 años, y para cimentar su petición absolutoria ha citado dos sentencias en similares supuestos, una dictada por la Audiencia de Castellón en 2011 y otra, la más significativa, una del Supremo de 2016 que revoca precisamente la condena de cinco años y un día de cárcel que esta misma Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia de Valladolid impuso a un joven de nacionalidad ecuatoriana por abusos sexuales sobre una menor de 16 años.

En este último caso, la Sala de lo Penal del Supremo acabó absolviendo al condenado al considerar que en los hechos incurrió un error de prohibición invencible, el mismo que postula ahora la defensa para obtener idéntico resultado.

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