Absueltos los 6 acusados de contaminar el río Segura con vertidos

  • La Sección número 2 de la Audiencia Provincial de Murcia ha absuelto de un delito contra el medio ambiente a los cinco acusados de contaminar el río Segura con vertidos a finales de la década de los años 90 del siglo pasado, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

En concreto, los cinco acusados absueltos son el presidente de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) desde julio de 1996 hasta el 16 de junio de 2000, J.A.N.; su sucesor en el cargo, J.C.; el ex Comisario de Aguas de la CHS, J.A.; el director de obra en estaciones depuradoras de la cuenca del río Segura, R.G.; el ex alcalde de Alcantarilla, L.M.; y el entonces gerente de Emuasa, J.L.H..

En el caso de J.C. y R.G., la Audiencia aclara que se retiraron las acusaciones con carácter previo. Para otros cuatro acusados, la Sala estima que el delito contra el medio ambiente habría prescrito.

Cabe recordar que la denuncia se presentó en 1999 contra las autoridades municipales de Murcia atribuyéndoles vertidos de aguas no tratadas al río Segura al incumplir la obligación de depuración y tratamiento la empresa municipal que, desde la década de 1980, tenía atribuida esa competencia en la ciudad de Murcia, lo que podría ser constitutivo de un delito medioambiental.

La sentencia, notificada este lunes, acoge una de las cuestiones previas planteadas por las defensas, al entender que se trata de una investigación prospectiva sobre vertidos que "excede mucho de la denuncia inicial, no acotándose el ámbito subjetivo ni territorial". Y por ello, se procede a la absolución de la totalidad de los acusados.

La resolución explica que, una concreta denuncia contra la actuación de la empresa responsable del tratamiento de aguas urbanas en la ciudad de Murcia y del propio Ayuntamiento, dio lugar a abrir una investigación general sobre la gravísima situación de las aguas del río Segura afectadas por una intensa contaminación desde hacía décadas y sobre la generalidad de los vertidos, en Murcia y fuera de Murcia.

No obstante, en el cuarto fundamento jurídico, la Sala deja constancia de la "extrema gravedad" de la situación que originó el presente procedimiento. Y califica de "inaudito" tener que llegar a este estado de desastre medioambiental y a la incoación de diversos procedimientos judiciales para proceder a revertir la situación que padecía.

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