El TSJC investiga a Forcadell y le advierte de que su inviolabilidad no implica inmunidad

La presidenta del Parlament, Carme Forcadell, con los miembros de la Mesa.
La presidenta del Parlament, Carme Forcadell, con los miembros de la Mesa.
EUROPA PRESS
La presidenta del Parlament, Carme Forcadell, con los miembros de la Mesa.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado el recurso de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, contra la investigación por la aprobación de las leyes catalanas de referéndum y de transitoriedad hacia un estado independiente y le ha advertido de que la inviolabilidad que le proporciona el Estatut de Catalunya no equivale a tener inmunidad frente a la ley.

Forcadell había alegado en contra de las pesquisas junto al resto de miembros de la Mesa del Parlament, Lluís Guinó y Simona Barrufet, de Junts pel Sí, y Joan Josep Nuet, de Catalunya Sí que es Pot. Tras conocer la resolución, ha asegurado que continuará defendiendo "la libertad de expresión y el derecho de iniciativa de todos los diputados".

La Sala Civil y Penal del TSJC ha rechazado sus alegaciones y ha acordado seguir los trámites. En un auto, rebate el argumento de las defensas y advierte de que la "concreta conducta" con los miembros de la Mesa -dar trámite parlamentario y permitir que se votasen las leyes secesionistas suspendidas por el Tribunal Constitucional- "no es exactamente la misma" que les proporcionaría amparo por el artículo 57.1 del Estatut de Cataluña, que reza que los diputados son inviolables "por los votos y las opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo".

En su escrito, el TSJC recalca que la inviolabilidad no supone un "privilegio personal que les inmunice" si cometen actos "manifiestamente ilegales" ejecutados "al margen o en contra del sistema parlamentario", menos aún si esos actos incluyen la desobediencia a resoluciones judiciales. A continuación, acepta provisionalmente los argumentos de la Fiscalía y recuerda que todos los miembros de la Mesa fueron advertidos por el Constitucional de las "eventuales consecuencias penales" de sus acciones.

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