El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este miércoles la Resolución de dicha Consejería, que recoge Europa Press, en la que alude a la Ley de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias de 2012 que establece en su artículo 32 que la cuantía de los precios públicos se actualizará de forma automática, anualmente, en función de la evolución de los costes presupuestarios o de las variaciones experimentadas en el IPC, correspondiendo a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes acordar la publicación de los precios.
Tras la entrada en vigor de la citada norma, mediante una circular de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego estableció unos criterios generales para la actualización de los precios públicos vigentes en Castilla-La Mancha. Entre ellos, que los precios públicos se actualizan en función de las variaciones experimentadas en el Índice de Precios al Consumo tomando la variación interanual del mes de noviembre del ejercicio anterior a aquel en que deba aplicarse dicha actualización.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOCM.
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