Los concejos son entidades locales de carácter territorial con personalidad jurídica, que tienen plena autonomía para la gestión de competencias de como la construcción, ampliación y conservación de las instalaciones de uso público, la policía de caminos rurales, montes, fuentes o conservación de patrimonio.
Los miembros de la Junta Administrativa de cada concejo de Álava son elegidos mediante sufragio universal, libre y secreto. Se eligen a un regidor presidente y a dos vocales como mínimo.
Las candidaturas para la elección de regidores y vocales se presentarán mediante solicitud de proclamación ante la Junta Electoral en el plazo de 21 días hábiles contados a partir de la publicación, en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, de la convocatoria de elecciones.
El departamento foral de Desarrollo Económico y EquilibrioTerritorial tiene previsto desarrollar una campaña para animar al voto de los vecinos, así como incentivar la presentación de candidaturas por parte del conjunto de mujeres. En la actualidad, de 333 juntas administrativas, hay 94 regidas por una mujer.
Aunque no hay una fecha aproximada conocida para la creación de estas entidades, existen documentos en los archivos concejiles que desde el Siglo XIII hacen referencia a los Usos del Buen Gobierno. Este sistema se mantuvo hasta que, en 1812, la Constitución de Cádiz obligó a la creación de ayuntamientos en todos los pueblos que, de por sí o agrupados, tuviesen más de mil habitantes.
Aunque se constituyeron los ayuntamientos, la administración y gobierno de los pueblos siguió ejerciéndose a través de los concejos, que siguieron manteniéndose según sus propios usos y costumbres, además de conservar su personalidad e independencia de los órganos de gobierno municipales.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios