Europa sentencia que las expulsiones en caliente son ilegales y condena a España

  • Obliga al Estado a indemnizar con 5.000 euros a un ciudadano de Mali y A otro de Costa de Marfil que fueron expulsados a través de la valla de Melilla
Ciudadanos subsaharianos en la valla que separa Melilla de Marruecos en una foto de archivo.
Ciudadanos subsaharianos en la valla que separa Melilla de Marruecos en una foto de archivo.
GTRES
Ciudadanos subsaharianos en la valla que separa Melilla de Marruecos en una foto de archivo.

Las expulsiones en caliente de migrantes que España practica en las fronteras de Ceuta y Melilla son ilegales. Así lo establece la sentencia hecha pública este miércoles por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que condena al Estado por violar la normativa continental y le obliga a indemnizar con 10.000 euros a dos ciudadanos subsaharianos que fueron devueltos a Marruecos sin identificar y sin estudiar sus posibles demandas de asilo y refugio.

La sala, compuesta por siete jueces (uno de ellos, el catedrático de Derecho y exsecretario de Estado socialista Luis López Guerra), ha fallado por unanimidad que España vulneró el artículo 4º del Protocolo número 4 (prohibición de las expulsiones colectivas) y el artículo 13 (derecho a recurso efectivo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos al deportar de forma irregular a M.D., natural de Mali y de 31 años, y N.T., nacido en Costa de Marfil hace 32 años.

La sentencia considera probado que ambos llegaron a Marruecos entre finales de 2012 y principios de 2013. Después de pasar varios meses en los campamentos del monte Gurugú, refugio habitual de quienes intentan cruzar a Europa, intentaron saltar la triple valla fronteriza que separa el reino alahuí de España en la noche del 13 de agosto de 2014.

Una vez que lo lograron, fueron arrestados por la Guardia Civil, responsable del perímetro, y entregados a las autoridades marroquíes "contra su voluntad" y "sin ninguna medida administrativa o judicial previa". "No tuvieron la oportunidad de explicar sus circunstancias personales o de recibir asistencia de abogados, intérpretes o personal médico. Posteriormente fueron trasladados a la comisaría de Nador y luego a Fez, a más de 300 kilómetros de Melilla, en compañía de otros 75 u 80 migrantes", relata el fallo.

A pesar de ello, N.T. regresó al Gurugú y superó el cinturón de seguridad dos meses después, el 23 de octubre de 2014. N.D. lo hizo el 9 de diciembre del mismo año. El Gobierno cursó orden de expulsión contra el primero con fecha 7 de noviembre de 2014, pero su situación es desconocida. Su compañero fue enviado en un vuelo de repatriación a Mali el 31 de marzo de 2015.

Bajo jurisdiscción española

Su caso fue impulsado y apoyado por el Centro Europeo por los Derechos Constitucionales y Humanos (ECCHR, por sus siglas en inglés), con sede en Berlín, en colaboración con la ONG alemana Brot für die Weltel (Pan para el mundo).

El Ministerio del Interior alegó ante la Corte que los afectados no habían penetrado en territorio español, a pesar de que la defensa fronteriza se encuentra en suelo nacional. Los magistrados europeos, sin embargo, han ido más allá al establecer que la ubicación de la valla es irrelevante, en tanto que los migrantes quedan bajo el "continuo y exclusivo control de las autoridades españolas" y sometidos a su juridiscción en cuanto se les obliga a bajar de la misma.

La sentencia impone una indemnización de 5.000 euros para cada uno de los demandantes por daños morales. El magistrado ruso Dmitry Dedov fue el único de los siete miembros de la Sala que votó en contra de la reparación económica.

El Gobierno desoye las advertencias

"El impacto del la resolución en contra de España va mucho más allá del caso, ya que sienta un precedente que reconoce y afirma la existencia del 'derecho fundamental a tener derechos' de personas migrantes y refugiadas," señaló Wolfgang Kaleck, Secretario General de ECCHR. "La resolución del TEDH dejá claro que el régimen de fronteras del Gobierno Español viola los Derechos Humanos. El Convenio Europeo también aplica en las fronteras externas de la UE".

El Defensor del Pueblo ha reiterado, tras hacerse pública la sentencia, su posición "contraria" a estas devoluciones "sin garantías". El Defensor exige al Gobierno de Mariano Rajoy modifique la normativa de actuación en fronteras. El Consejo General de la Abogacía Española, así como numerosas organizaciones sociales y no gobernamentales (Amnistía Internacional, CEAR), exigen la derogación de los preceptos de la Ley de Seguridad Ciudadana a través de los cuales el Gobierno pretendió dar rango normativo al procedimiento ilegal de expulsión.

España ha continuado con las devoluciones en caliente a pesar de que el Consejo de Europa dictaminó en 2015 que estas violaban la ley.

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