En España no ha prosperado en todo el año 2016 ni un solo juicio por proxenetismo consentido

  • La Fiscalía ve "patentemente ineficaz" la reforma del PP del Código Penal que pedía demostrar abusos para considerar delincuente a un proxeneta.
  • "La lucha contra la prostitución abusiva es de muy difícil persecución en España, precisamente por ser atípico el denominado proxenetismo consentido".
  • La oposición y varias asociaciones feministas advirtieron de que la reforma dificultaría la persecución penal de negocios que se lucran con la prostitución.
  • El dilema de fondo es el limbo sobre la prostitución: ni prohibición ni legalización, asegura el catedrático penal Manuel Cancio.

El PP promovió en 2015 la modificación del delito de proxenetismo con la intención de perseguir la explotación sexual consentida por las mujeres prostituidas. Para ello, aprobó en solitario una redacción nueva en el Código Penal que incluía condicionantes para poder considerar delincuente a un proxeneta. El articulado exigía demostrar vulnerabilidad de la víctima y/o abusos en el ejercicio de la prostitución. Esta reforma fue ampliamente criticada por la oposición por entender que "suavizaba" el delito de proxenetismo. Ahora es la propia Fiscalía General del Estado la que considera la "explotación abusiva consentida" como "patentemente ineficaz", ya que durante todo el año 2016 no ha prosperado ni un solo procedimiento por dicha infracción.

La polémica gira en torno al artículo 187. 1, que delimita que el lucro con la prostitución de una tercera persona con su consentimiento es punible si se demuestra "vulnerabilidad personal o económica en la víctima" o "condiciones gravosas o abusivas" en la actividad. El PSOE alertó desde antes de su aprobación que se prestaba a una distinción entre proxenetas buenos y proxenetas malos, permitiendo de facto el lucro de terceros con la prostitución en España.

"Patentemente ineficaz"

Los fiscales, en su última memoria, reconocen que la lucha contra la prostitución es muy difícil en España. Y citan que lo es precisamente "por ser atípico el denominado proxenetismo consentido, que constituye el escudo protector de tratantes de mujeres de extrema vulnerabilidad para ser explotadas sexualmente". Recuerda la Fiscalía que "la mayoría de mujeres, desde su primera declaración o retractándose en momento posterior, apoya las versiones de los proxenetas por miedo a sufrir cualquier tipo de represalias en su persona o en sus familiares de donde proceden". A renglón seguido, la memoria constata "que la reforma operada en 2015 del actual artículo 187 párrafo segundo del Código Penal (la denominada explotación abusiva consentida) ha sido patentemente ineficaz".

Esta apreciación no sorprende a Marisa Soleto, presidenta de la Fundación Mujeres, una de las seis organizaciones feministas que ya advirtió en 2015 contra la nueva regulación del proxenetismo seguras como estaban de que iba a dificultar "sustancialmente" la persecución penal de este tipo de conductas. "Ya decíamos que si había dudas antes sobre lo que significaba explotación sexual, más dudas habría en los jueces para interpretar lo que son condiciones 'abusivas'. Y ése es solo uno conceptos indeterminados que contenía la redacción nueva del delito", asegura Soleto. A su juicio, lo que se ha logrado es convertir "de facto en honorable un tipo de lucro de la prostitución, porque si el proxeneta es simpático, aunque se enriquezca con la prostitución de una tercera persona, pues no es un delincuente".

Marisa Soleto cree que "si queremos efectivamente acabar con la explotación sexual de las mujeres hay que regular el delito de proxenetismo como se debe, entendiendo por ello el que se enriquece con la prostitución ajena. Si no, ni Ayuntamientos ni jueces podrán perseguir operaciones mercantiles en este contexto, como el alquiler de habitaciones, los clubes de alterne, los folletos o incluso los anuncios publicitarios en los periódicos", anota.

La diputada socialista Ángeles Álvarez, encargada del área de Igualdad en el Congreso de los Diputados, recuerda por su parte que la lucha "contra cualquier forma de proxenetismo es clave contra la explotación sexual. Álvarez considera que el PP, con la redacción del Código Penal que aprobó en solitario "estableció un proxenetismo blando y otro duro, para echar la ley contra el duro y abrirse a la permisividad con el blando".

Álvarez, cuya formación defiende el modelo abolicionista de la prostitución, considera que la forma de cooptación y explotación de las mujeres ha variado. Que ahora ya no se explota tanto a base de coacciones directas, secuestro o violencia física, sino mediante presiones con daños a terceros o chantaje. "El código penal da un manto de permisividad al proxenetismo lo cual es una barbaridad", asegura.

El limbo de la prostitución en España, por el catedrático penalista Manuel Cancio

"La información que recoge la Memoria de la Fiscalía parece indicar que no está funcionando correctamente el sistema penal. No parece razonable que no haya habido ni un solo caso de explotación indebida de mujeres prostituidas. Al margen de la efectividad del control por parte de la Policía, lo cierto es que en el fondo también late un problema jurídico.

En España se eliminaron en 1995 todos los delitos –inaplicados en la práctica– en el entorno de la prostitución no coactiva. Sólo se mantuvo como delito, entre adultos, la participación en la llamada prostitución forzada. Sin embargo, en 2003 se aprobó una reforma mediante la cual se reintrodujo como delito la conducta de quien “se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma”, generando una situación de gran inseguridad, ya que al utilizar la palabra “explotar”, no quedaba claro si la Ley incriminaba a cualquiera que intervenga y obtenga beneficios, o, por el contrario, sólo a quien abuse de su posición para explotar indebidamente a la persona prostituida. Fue la jurisprudencia del Tribunal Supremo la que fue fijando la interpretación de cómo comprender esta regla, y fue incorporada a la Ley en 2015: hay “explotación” cuando la prostituta está en una “situación de vulnerabilidad personal o económica” o cuando se le impongan condiciones “abusivas”. Esta diferenciación entre la prostituta “libre” y la “explotada” resulta muy difícil en la práctica, como es obvio.

El problema de fondo está en que en la legislación española, la prostitución está en un limbo: no se decide ni por la opción de la prohibición, castigando al “cliente” (Suecia, Noruega) ni por su legalización en serio, también administrativa, sanitaria, fiscal (Holanda, Alemania). La Ley española sigue manteniendo una hipócrita indefinición".

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