Desde hoy, conducir sin carné o con exceso de velocidad es un delito

Los conductores españoles tienen a partir de este jueves un nuevo código penal en materia de seguridad vial que añade una serie de sanciones mucho más duras para los infractores. La reforma es importante porque, por ejemplo, determina que la conducción sin carné o el exceso de velocidad es un delito, algo que no ocurría antes salvo que esa conducción imprudente produjera víctimas.

Así, conducir sin tener el permiso, algo que según la DGT hacen más de 30.000 personas en toda España, tendrá un castigo de tres a seis meses de prisión o una multa de 12 a 24 meses sin carné y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Mientras, superar los 110 km/h en ciudad o los 200 en autovía, supondrá también una pena de prisión, entre 3 y 6 meses, o una multa de 6 a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en este caso la privación del carné de conducir será entre 1 y 4 años.

Para quien no sea reincidente no entrañará un ingreso automático en prisión, pero ahí quedarán los antecedentes penales, a parte de la responsabilidad civil (indemnizaciones) que pueda derivarse.

Por último, el nuevo código establece multas de 300 euros para quien use el GPS mientras conduce o sanciones de 600 euros para aquellos que usen el móvil al volante o tiren colillas por la ventanilla.

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