Asimismo, la sentencia recoge que H.D.G.H. deberá indemnizar al hijo de la mujer a la que mató con 100.000 euros por los daños morales sufridos al presenciar la muerte de su madre y el daño moral por la pérdida de la misma; mientras que a la madre de la mujer asesinada la tendrá que indemnizar con 50.000 euros por la pérdida de su hija y el daño moral.
En cuanto a los hechos que han sido probados, la sentencia recoge que el 9 de diciembre de 2015, sobre las 01.30 horas de la madrugada, H.D.G.H. inició una discusión con su pareja y en el transcurso de la misma, el hombre con la intención de menoscabar su integridad, le dio un puñetazo en la cara a la mujer, causándole un traumatismo nasal y en el ojo derecho.
Posteriormente, H.D.G.H. con la intención de acabar con la vida de su pareja, le agarró por el cuello y sujetándola de tal forma que ella no podía defenderse, cogió un cuchillo de cocina de gran tamaño y le dio puñaladas por todo el cuerpo, en concreto, le asestó 15 puñaladas que le causaron un shock hemorrágico y un fallo multiorgánico que le produjo la muerte.
Así, tras quedar la mujer en el suelo mortalmente herida, H.D.G.H. se fue del domicilio sin prestarle ayuda y se dirigió a la comisaría de Policía más cercana donde confesó el asesinato.
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