Multa a España de 3 millones por el retraso con la estiba, mucho menos de lo que pedía Bruselas

  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ya ha emitido sentencia.
  • La Comisión Europea pedía una sanción de 24 millones por el retraso.
El ministro de Fomento, Iñigo de la Serna (c) durante la reunión con los representantes sindicales del sector de la estiba y la patronal Anesco.
El ministro de Fomento, Iñigo de la Serna (c) durante la reunión con los representantes sindicales del sector de la estiba y la patronal Anesco.
EFE/Fernando Villar
El ministro de Fomento, Iñigo de la Serna (c) durante la reunión con los representantes sindicales del sector de la estiba y la patronal Anesco.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha decretado una multa de tres millones de euros para España por el retraso en la aprobación de la reforma que liberaliza el sector de la estiba, una infracción mucho menor que la que pedía la Comisión Europea (24 millones).

El objetivo de la reforma, aprobada Consejo de Ministros el pasado 12 de mayo y convalidada por el Congreso seis días más tarde, era cumplir con la normativa comunitaria. El TJUE ya falló en diciembre de 2014 que la legislación española sobre esta materia contravenía las reglas europeas.

La CE presentó un recurso ante el Tribunal con sede en Luxemburgo por no cumplir con aquella sentencia en el que propone una multa diaria a España de 27.522 euros hasta el momento en el que se aprobara la reforma. Además, Bruselas pedía una segunda sanción de 134.122 euros diarios por cada día de retraso desde que el TUE hiciese pública su segunda sentencia.

Aunque España "ha demostrado su buena fe" al cooperar con la Comisión Europea en el procedimiento administrativo, la multa responde a que transcurrieron "29 meses desde que se dictó la sentencia del 11 de diciembre de 2014 hasta que entró en vigor la nueva normativa", señaló el TJUE.

El Ejecutivo comunitario dio por buena la reforma aprobada en mayo, tras un primer intento fallido dos meses antes, por lo que España evita que la Justicia europea imponga una multa a España en línea con la segunda sanción propuesta por Bruselas

El caso se remonta a 2011, cuando la Comisión Europea abrió un expediente a España por el régimen de trabajo portuario vigente. Ante la falta de reformas, Bruselas llevó a España ante el TUE en junio de 2013, que finalmente declaró en diciembre de 2014 que la legislación española era contraria a las normas europeas.

"Responsabilidad de quienes no lo convalidaron"

El ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, dijo antes de conocer la sanción que si hubiera una multa "superior a cero euros" sería "única y exclusivamente responsabilidad de aquellos que no apoyaron la convalidación del real decreto ley" en su día.

El ministro indicó, en este sentido, que, si el real decreto se hubiera convalidado en su primer paso por el Congreso en marzo pasado, se hubiera condonado la parte devengada de la primera sentencia, cerca de 25 millones de euros.

"Como algunos grupos decidieron no apoyar la convalidación, hubo que ir a una segunda", con un nuevo real decreto que finalmente se aprobó en mayo, ha añadido, y ha apostillado: "Hubiera costado cero euro a los españoles".

"Cualquier cifra que sea superior a los cero euros es única y exclusivamente responsabilidad de aquellos que no apoyaron la convalidación del real decreto ley", ha insistido, antes de confiar en que sea la cantidad menor posible.

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