Tribunales.- La Audiencia confirma el archivo de una causa contra el exalcalde popular de Burguillos

  • La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado el archivo de la causa abierta contra el exalcalde y portavoz del PP en Burguillos, Domingo Delgado, tras ser denunciado por delitos de prevaricación y falsedad documental por un empresario afectado por la decisión del Consistorio, durante el pasado mandato, de revertir al patrimonio público 24 parcelas vendidas por la extinta sociedad municipal Burguillos Natural a dos empresas de su propiedad.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia Provincial rechaza el recurso de las entidades Contrise S.L. y Residenciales Buhaira S.L. contra la decisión del juez de Instrucción número 18 de Sevilla de archivar la causa contra el exalcalde de Burguillos.

La denuncia promovida por Contrise S.L. y Residenciales Buhaira S.L. se dirigía contra el exalcalde popular por el expediente de reversión de 24 parcelas en cuadradas en el sector R5 del plan parcial Sur de Burguillos, fincas que les fueron vendidas en 2008 por la sociedad municipal Burguillos Natural S.L., por un precio de 960.101,77 euros.

Según la denuncia de estas empresas, el entonces alcalde ocultó y obvió información, presuntamente, para conseguir la reversión de estos terrenos por intereses "electorales", dado que la reversión de los suelos figurarían entre los compromisos electorales de Domingo Delgado.

Frente a ello, el tribunal considera que "el hecho de iniciar un nuevo expediente administrativo de reversión mediante providencia, adjuntando las actas de notificación que constan en el otro expediente de reversión que caducó por el transcurso del tiempo y las demás irregularidades expuestas en la denuncia, no constituyen hechos inicialmente encuadrables" en el delito de prevaricación.

A su juicio, "no consta acreditada la arbitrariedad de la actuación administrativa realizada" por el exalcalde "ni falsedad documental apreciable en los informes que constan en el expediente de reversión", ya que "no basta que una resolución administrativa sea contraria a derecho para que constituya un delito de prevaricación".

Y es que "la injusticia que exige" dicho delito "supone un 'plus' de contradicción con la norma, que es lo que justifica la intervención del derecho penal", dice la Audiencia, que agrega que, en este caso, "la resolución impugnada no resulta ilógica", ya que "el sustrato indiciario descrito no evidencia en la tramitación del expediente de reversión la ilegalidad del procedimiento administrativo por las irregularidades que invoca el recurrente" en su recurso.

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