Tribunales.- El juez prorroga otros 18 meses la investigación del caso Marismas

  • El juez de Instrucción número 16 de Sevilla ha prorrogado por término de 18 meses la investigación por las supuestas irregularidades en procedimientos de contratación para adjudicar obras seguidos por la comunidad de regantes Las Marismas del Guadalquivir tras recibir en 2004 una subvención de 40,1 millones para la modernización de su red de riegos.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez Juan Gutiérrez Casillas atiende así la petición realizada por la Fiscalía y por la comunidad de regantes Las Marismas del Guadalquivir y prorroga por un plazo de 18 meses la instrucción de la causa, que fue declarada de especial complejidad en enero de 2016.

El magistrado recuerda en este auto fechado el día 19 de junio que la Ley Orgánica 1/15 modifica el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y establece un plazo general de instrucción de seis meses, elevándose a 18 meses cuando la causa sea declarada compleja.

De este modo, explica que tanto en las causas ordinarias como en las complejas es posible fijar un nuevo plazo máximo para la finalización de las instrucción, cuya extensión temporal no está limitada por la nueva disposición.

El instructor agrega que la declaración de complejidad debe ser interesada por el Ministerio Público en cualquier momento antes de la expiración del plazo general de seis meses, sin necesidad de agotar los plazos legales.

Así, la declaración de complejidad podrá acordarse cuando se aprecie en la investigación de la misma uno o mas de los siguientes requisitos, como son que recaiga sobre grupos u organizaciones criminales; que tenga por objeto numerosos hechos punibles; que involucre a gran cantidad de investigados o victimas, o que exija la realización de pericias o de colaboraciones recabadas por el órgano judicial que impliquen el examen de abundante documentación o complicados análisis.

Otros de los requisitos son que la causa implique la realización de actuaciones en el extranjero; que precise de la revisión de la gestión de personas jurídico-privadas o publicas, o que se trate de un delito de terrorismo.

El juez argumenta que, una vez analizada la causa y de conformidad con lo solicitado por la Fiscalía y las partes personadas, "es procedente prorrogar la instrucción de la causa por otros 18 meses", todo ello tras haberse declarado de especial complejidad al concurrir los primeros cuatro requisitos descritos.

El pasado año, el juez citó a declarar como investigadas en la causa a un total de 21 personas, entre ellas dos ex altos cargos y tres funcionarios de la Consejería de Agricultura de la Junta, al considerar que podrían haber incurrido en delitos de falsedad en documento oficial por funcionario público, prevaricación y malversación.

SUBVENCIÓN DE 40,1 MILLONES DE EUROS

Según el juez, fue el 13 de octubre de 2004 cuando el presidente del Instituto Andaluz de Reforma Agraria dictó una resolución por la que se resolvía favorablemente la solicitud realizada por esta comunidad de regantes y se aprobaba así el proyecto de modernización presentado con un presupuesto de inversión subvencionable de 66,6 millones, de los que se concedía a los regantes una subvención de 40,1, el equivalente al 60,23 por ciento del total.

De este modo, y según el magistrado, la comunidad de regantes "no llegó a celebrar Junta o Asamblea General para aceptar la subvención", al contrario de lo que establecía la resolución de concesión, mientras que "tampoco contaba con disponibilidad de medios financieros correspondientes al importe total de la inversión para la ejecución de las actuaciones".

"Advertido el incumplimiento de esos requisitos, existen indicios de que" los responsables públicos no comunicaron estas irregularidades, mientras que los responsables de la comunidad de regantes "extendieron una certificación consignando como fecha aparente de la misma la de 11 de noviembre de 2004 y en la que se certificaba falazmente que el 10 de noviembre de 2004 se había celebrado una Asamblea General Extraordinaria en la que se había aceptado la subvención", a pesar de que no se celebró "en ningún momento".

Además, "faltando también a la verdad, se afirmaba que a la fecha aparente de la certificación ya se había abierto una cuenta corriente para la contabilidad independiente de la inversión subvencionada", ya que esa cuenta "no se había abierto aún a esa fecha", lo que "permitió ocultar" al presidente del Instituto Andaluz de Reforma Agraria que "concurrían motivos bastantes para revocar o dejar sin efecto la subvención que se le había concedido".

Según el juez, la comunidad de regantes convocó, por el procedimiento de licitación abierta, un concurso para la contratación de las obras relativas al 'Proyecto de Modernización de la zona regable de Las Marismas del Guadalquivir', y el Comité de Evaluación, "faltando absolutamente a las reglas establecidas en la resolución de la comunidad de regantes de 10 de agosto de 2004 y en el pliego de condiciones particulares, utilizaron criterios distintos a los ahí establecidos para la valoración de las ofertas económicas y técnicas".

El resultado final de esa "irregular forma" de puntuar las ofertas económicas fue que los licitadores que habían presentado las tres mejores ofertas económicas -Dragados, OHL/Tecniriego y Sacyr SAU/Prinur SAU/Meridional de Aguas- quedaron en las posiciones 11, 12 y 14, respectivamente, lo que permitió que las Uniones Temporales de Empresa Befesa/Alpi y Teconsa/Elecnor/Meci/Tecnr "quedaran colocadas dentro de los cinco primeros puestos, pese a que sus ofertas económicas no se lo hubieran permitido".

"PINGÜES BENEFICIOS"

Asimismo, la Junta Rectora de la comunidad de regantes acordó revocar la primera pre-adjudicación en favor de Teconsa/Elecnor/Meci/Tecnero, de manera que, "sabedores" de esto, los representantes de Meci Works y Tegner firmaron un acuerdo con los representantes de Befesa /Alpi para que, en caso de que esta segunda UTE fuera la adjudicataria, "aquellas participaran también del negocio mediante la creación de una tercera UTE", denominada "Construcción".

Según el juez, este acuerdo "suponía que, pese a que la adjudicataria formal de la obra era la UTE Befesa/Alpi, la adjudicataria real y auténtica beneficiaria de los pingües beneficios que iba a reportar la obra de modernización era la UTE Construcción".

A continuación, los representantes de las empresas de la UTE a la que fue revocada la primera pre-adjudicación "pactaron" con el gerente de la comunidad de regantes, ya fallecido, y con el presidente, que ésta "debía indemnizarles por los perjuicios derivados de esa revocación", de manera que la comunidad de regantes "se comprometió y pagó a estas empresas una indemnización de 285.480 euros sin que éstas hubieran justificado haber incurrido en gastos durante el proceso de pre-adjudicación".

Finalmente, el contrato entre la comunidad de regantes y la UTE Befesa/Alpi se suscribió el 20 de octubre de 2005, pero hasta ese 23 de noviembre no se inició la obra necesaria para ejecutar el proyecto.

"Pese a no haberse ejecutado prácticamente nada de obra y siendo perfectamente consciente de ello", el inspector facultativo, Manuel Antonio Cruz-Guzmán López, el presidente de la comunidad, el director de obra, Manuel Vázquez Segovia, y Manuel Gámez Sánchez, como representante de la UTE adjudicataria, participaron en la elaboración de una "certificación absolutamente inveraz, que certificaba que a 4 de diciembre de 2005 se había ejecutado y acreditado obras por un importe de 4.245.826,56 euros, a pesar de que ello no era cierto".

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