En las conclusiones de este acuerdo, la CNMC recalca, entre otras cosas, que un operador postal debidamente autorizado como Asendia "puede emitir y comercializar medios de franqueo".
Así, explican que "la normativa no prevé limitaciones en relación con la forma de comercialización de medios de franqueo por parte de operadores privados, directamente a los usuarios o a través de agentes o de diferentes establecimientos", siempre que "estén debidamente diferenciados de los sellos y elementos postales de Correos y de los de los demás operadores que funcionan en este mercado liberalizado desde 2011".
Para la empresa, esta acuerdo, "supone un espaldarazo para la liberalización del mercado postal en España".
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